Jaume Matas, en una imagen de archivo de unas vacaciones en la Colònia de Sant Jordi. | S.Amengual

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La Sección Primera de la Audiencia de Palma ha solicitado a la Audiencia Provincial de Madrid vía exhorto que requiera a Jaume Matas el ingreso en prisión voluntario en un plazo de cinco días.

El plazo empieza a contar en el momento en el que Matas sea notificado personalmente del requerimiento, en la forma en que decida la Audiencia de Madrid.

El Tribunal Supremo (TS) ha remitido este viernes vía fax a la Audiencia Provincial de Baleares la denegación del indulto del expresidente del Govern y exministro Jaume Matas, una semana después de haber sido aprobada en Consejo de Ministros.

Este ingreso parecía dilatarse este viernes cuando el Ministerio de Justicia ha comunicado telefónicamente a la sección primera de la Audiencia de Palma que la notificación de la denegación del indulto a Jaume Matas se había remitido al Tribunal Supremo y no a la Audiencia, debido a que fue el Tribunal quien dictó la sentencia que le condena a nueve meses de cárcel. Un hecho que podía provocar que la comunicación a la Audiencia se alargase, pero finalmente no ha sido así, ya que el Tribunal Supremo ha remitido horas después por fax la denegación del indulto.

El oficio notificado a la Audiencia acredita de este modo la declinación de esta medida de gracia de cara a iniciar los trámites para que Matas sea privado de libertad, a fin de cumplir los nueve meses a los que el TS rebajó la pena -de seis años de prisión- que le fue impuesta en el primer juicio del caso Palma Arena por un delito de tráfico de influencias.

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El mandamiento le será notificado al acusado vía exhorto al tener fijada su residencia en Madrid. En la ejecución de sentencias es habitual que el tribunal conceda cinco días para que el reo sea internado en la cárcel. Con el mandamiento de prisión, Matas podrá comenzar a cumplir su condena por los pagos irregulares con fondos públicos que le fueron abonados al periodista que redactaba sus discursos.

La Sala dará así cumplimiento a la decisión que adoptó a finales de 2013, cuando rechazó hasta en dos ocasiones suspender o sustituir por multa la condena que pesa sobre Matas. La Audiencia debe acordar ahora en qué términos deberá el acusado ingresar en la cárcel.

Alternativas

Sin embargo, una vez le sea notificado el mandamiento, el expresidente estudiará qué alternativas podría solicitar para evitar su ingreso en prisión, entre las que se encontrarían optar a la sustitución de la pena por multa, por trabajos en beneficio de la comunidad, según informaron fuentes de su defensa.

Las magistradas Francisca Ramis, Rocío Martín y Gemma Robles, al denegar la sustitución de la pena, consideraban «inasumible» para la sociedad que «el titular de uno de los poderes del Estado en la fecha de los hechos ñdurante la legislatura 2003-2007í cometa un delito de tráfico de influencias», lo que a juicio de la Sala constituye «un delito contra el Estado de Derecho por parte de quien ha sido presidente de la Comunidad Autónoma balear, a quien, precisamente por ostentar ese cargo, ha de exigírsele mayor imparcialidad, objetividad y probidad».