Fachada del colegio Llaüt del Opus Dei en el Parc Bit.

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El Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears (TSJIB) ha ordenado al Govern la concertación de siete aulas de diversos cursos de educación primaria en los colegios ligados al Opus Dei en Palma que segregan a los niños por sexos.

La sala de lo contencioso administrativo del tribunal regional ha atendido parcialmente la demanda planteada contra la Conselleria de Educación por la empresa gestora de los colegios Llaüt (masculino) y Aixa (femenino) al entender que se le denegó injustificadamente la financiación pública.

Los magistrados, que hacen un balance pormenorizado de diferentes fallos anteriores favorables a la concertación de unidades en estos centros exclusivos para chicas y chicos, constatan también el incumplimiento de esas sentencias, en particular por parte del Govern de izquierdas en la pasada legislatura.

No obstante, tampoco el ejecutivo del PP atendió la solicitud de los responsables de estos centros educativos en el curso 2012-2013, con los argumentos de que ya había plazas de escolarización suficientes en la zona (los colegios están ubicados en el Parc Bit) y de que no había presupuesto suficiente.

El TSJIB entiende que como no se trataba de nuevos conciertos sino de prórrogas del concierto existente, la justificación de la denegación debió basarse en razones específicas de ambos centros que no fueran aplicables al resto.

Sin embargo, ni la existencia de plazas de escolarización en el entorno ni la falta de fondos públicos fueron argumentos aplicados a otros colegios, por lo que son razones insuficientes para negarles los conciertos a los centros del Opus Dei.

La sala de lo contencioso administrativo del TSJIB sí entiende que existen limitaciones para la concertación por razones de ratio, ya que se exige un mínimo de 25 alumnos por aula, circunstancia que concurría en el curso 2012-2013 en dos aulas de primaria en el Aixa y en cinco del mismo ciclo en el Laüt.

Además de anular la denegación de los conciertos, el tribunal condena a la Conselleria de Educación a indemnizar a los colegios con la cuantía que no percibieron pese a tener derecho a ello.