El Supremo ratifica la condena a Borràs, que también implica 13 años de inhabilitación y multa de 36.000 euros, por adjudicar de forma irregular a un conocido, mediante 18 contratos menores, la elaboración del portal web de la Institució de les Lletres Catalanes (ILC), que ella dirigía entre 2013 y 2018, por valor de 335.700 euros.
La Sala de lo Penal desestima íntegramente el recurso interpuesto por Borrás en el que, entre otros motivos, cuestionaba la proporcionalidad de la pena impuesta y reclamaba una condena inferior. En este sentido, el Supremo argumenta que los hechos probados se enmarcan en una conducta «inserta en la corrupción de un funcionario público que se sitúa al margen de la ley, la desobedece y vulnera los principios que informan el actuar de la administración pública».
La sentencia, dictada por unanimidad y de la que ha sido ponente el presidente en funciones de la Sala Segunda, Andrés Martínez Arrieta, concluye que el alegato de Borrás es «difícilmente atendible, dada la entidad del daño producido» y destaca que no sólo se ha producido un quebranto patrimonial, sino también «un daño a las normas de convivencia y de ordenación social». En su sentencia, el Supremo rechaza también aplicar a Borrás la ley de Amnistía a pesar de que ella alegó que tiene un «perfil netamente independentista» y que desarrolló la dirección de la Institució de les Lletres Catalanes «en el marco de un gobierno con vocación netamente procesista».
Sin embargo, el Supremo contesta que «ni el perfil, ni el desarrollo de una acción de gobierno» en la parcela administrativa que dirigía Borrás permiten considerar que la conducta por la que ha sido condenada se enmarca en un contexto del denominado proceso independentista catalán. En este sentido, explica que el hecho por el que se la condena es por una contratación administrativa para facilitar una adjudicación directa a una persona «obviando la normativa».
Así, para el Supremo, en ninguno de los apartados de la Ley de Amnistía puede encuadrarse la conducta de Borrás, «a excepción de la consideración de la existencia de un perfil intensamente independentista, que remite a una consideración propia de un derecho penal de autor y no un derecho penal de actos, que es lo reflejado en el hecho probado, en el que se refiere una conducta que ha sido subsumida en un tipo penal».
La Sala de lo Penal desestima también la vulneración del derecho a la presunción de inocencia. Borràs fue condenada en marzo de 2023 a cuatro años y medio de cárcel por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) por los delitos de prevaricación y falsedad documental, en una sentencia que proponía su indulto parcial para que pudiera evitar el ingreso en prisión. La sentencia del TSJC también condenó a otras dos personas, una de ellas a la que se le adjudicó el contrato y otra el administrador de una empresa informática, que fueron considerados cooperadores necesarios del delito continuado de falsedad en documento oficial y autores de un delito continuado de falsedad en documento mercantil, con la atenuante de confesión. Se les impuso dos años de prisión y un año y dos meses respectivamente y ninguno de los dos recurrió su condena ante el Supremo.
26 comentarios
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No se preocupe que aparecerá Conde Pumpido para decir que no es constitucional, ya que este tribunal se ha convertido en el Supremo del Supremo, CUANDO NO ES DE SU COMPETENCIA
EN PEPÊT GONELLANo amigo el que MEZCLA TODO TRATANDO DE BUSCAR UN ESTUPIDO BENEFICIO PARA LOS CORRUPTOS Y PRESUNTOS CORRUPTOS ES USTED Y NADIE MÁS QUE USTED. Mi primer comentario fue muy directo en concreto ESTE : CONSTITUCIONAL en dos, tres...UNO. A lo que siguieron tres TOCHOS DE TOTUM REVOLUTUM .. NO ENGAÑES A LA GENTE Y MENOS A TI MISMO.
Pues ya tiene Sanchez una herramienta para utilizar . Indulto por presupuestos.
jolin Pepet Gnella parece que a la vez que sabes mucho también sabes bastante poco
EN PEPÊT GONELLACon lo del dinero a su bolsillo de paso quiere limpiar los 680 millones q se llevó el psoe de los ERE no? Lo de robar para otros es un invento de tu amo, q es vergonzoso, para salvar a su banda. Así mejor no saques ese argumento.
EN PEPÊT GONELLATe recuerdo q los delitos de esta golpista nada tienen q ver con el proces. Está hacia pitufeo para darle contratos a su marido y amigos. Pero tú eres tan cabeza lavada q vas a festejar q Sánchez la deje libre no?
L’ha feta, que la pagui. no ni ha mes de fets, o tambe i dig tambe es que aquesta senyorota no es igual que es resto de Espanyols. Si ho agues fet jo, o es meu vesi, segur que ja estaria petint condemna, pero com que ells tenen abogats que directa o indirectament es de pagam noltros, aqui estan donant voltes y empipant tot lo que poden i mes. Tant “uns” com “altres”, tots son iguals de dolents.
Unas aclaraciones: - Laura Borràs fue condenada por prevaricación, delito continuado de falsedad en documento oficial y de falsedad en documento mercantil con la finalidad de fraccionar contratos para adjudicarlos directamente y así evitar la publicidad y transparencia, el principio de libre acceso y concurrencia de licitadores interesados en un procedimiento de contratación y sin especificar las características de los trabajos, las condiciones, los plazos de entrega, etc. Es decir, pasarse por el forro la Ley de Contratos. - La misma sentencia ya prevé la propuesta al gobierno de un indulto parcial a la pena de prisión y en el tiempo que exceda de dos años como duración máxima. Ya que está previsto el indulto, por lo menos que esta mujer no vuelva a ejercer un cargo público y menos que tenga que gestionar dinero del contribuyente. - Y si Sánchez necesita los votos de Junts para su supervivencia, no tengo ninguna duda que elevará el indulto a Borràs o Conde-Pumpido buscará una finalidad similar a través del TC. - Por otro lado, Aznar, propuso indultos, sí, pero 139 relacionados con la corrupción incluyendo a condenados de la PSOE, un ejemplo: Alberto Flores, Luís Oliveró o Carlos Navarro, por el caso Filesa (financiación ilegal de la PSOE a través de una red de empresas). El indulto tendría que ser algo puntual, no algo habitual. Creo que los indultados del 1-O no han mostrado arrepentimiento todavía. Y una reflexión: Volviendo a 2025, yo estoy esperando que Podemos - los que venían a hacer política testicular - saque el Tramabus de la PSOE, o al menos una Renault 4L (por menos sacó a la calle el del PP), porque para ellos parece que la corrupción sólo viene de la derecha, nunca de la izquierda (sectarismo habitual). Y si hubiera condenas ejemplares para todos los políticos y se cumplieran, éstos se lo pensarían antes y no se perdería por el camino tanto dinero de nuestros impuestos.
El-MayurqiPues según su lógica no habría pan para tanto chorizo de la derecha ¡TENDRÍAN QUE CONSTRUIR 100 CÁRCELES DE PICASENT QUE ES LA MÁS GRANDE DE ESPAÑA!
AngelcaídoUsted mezcla churras con merinas, zapatos con bicicletas y queda tan pancho ¿Que tiene que ver el caso de Laura Borrás con el caso de los ERES?. El segundo llegó al TC porque denunciaron que los jueces habían vulnerado el derecho a la legalidad penal, contemplado en la Constitución y se basó en los anteproyectos y proyectos de ley de presupuestos que se aprobaron en el Parlamento de Andalucía y el TC dijo que la elaboración de los anteproyectos de ley y su aprobación como proyectos de ley por el Parlamento de Andalucía no puede ser constitutivo de un delito de prevaricación. Pero veo que su obsesión por los ERES es supina y eso no lo entenderá jamás. Usted llama "Parrafada" a algo que necesitaba conocer y que sus tebeos buleros jamás se lo indicarán ¡FUENTE REGLAMENTO DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Y LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA! que para ustedes es como la Biblia, que todos tienen una pero que ni Dios la ha leído. Y si, hay varias decisiones en esa materia del TC ¡Lo que pasa es que usted lo ignora! y no respecto a ese ultra de Aznar no es obsesión sino as co que no es lo mismo, al igual que a todos los que le apoyan. ¿Lo pilla?