En un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, los magistrados de la Sección 23 estiman la petición del abogado de Barrabés y corrigen la decisión del titular del Juzgado de Instrucción Número 41 de Madrid, al considerar que no la fundamentó adecuadamente. Cabe recordar que, en el marco de aquellas entradas y registros, el instructor autorizó la posibilidad de registrar todos los dispositivos electrónicos que se encontraran.
La Audiencia de Madrid recuerda que los acusados tienen derecho a obtener resoluciones debidamente motivadas y subraya que en caso contrario se vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva. En este sentido, cita la jurisprudencia del Tribunal Supremo, que fija que «la inviolabilidad domiciliar es algo más que un requisito formal». Sobre este extremo, incide en que para autorizar un registro es necesario que «un juez, como garante de los derechos fundamentales, realice una valoración propia sobre la proporcionalidad y necesidad de la medida».
Los magistrados concluyen que en este caso «la urgencia en sí» para realizar el registro tanto en el domicilio como en las oficinas de Barrabés «no se justificó», máxime «cuando el investigado se encontraba ingresado en el hospital». La Audiencia de Madrid insiste en que «no todo es lícito en el descubrimiento de la verdad».
«Sólo aquello que es compatible con la defensa del elemento nuclear de los derechos fundamentales, así la dignidad, la intimidad, etc. dentro de los parámetros fijados en la ley», recuerda. A su juicio, la «falta de concreción» de la resolución de Peinado, a quien afean que no aporte «datos objetivos que pudieran servir de soporte a la sospecha de la implicación de Barrabés», también les lleva a declarar la nulidad del registro.
Cabe recordar que Barrabés declaró primero como testigo en el 'caso Begoña Gómez' y posteriormente, en julio, el juez acordó su imputación. Manos Limpias acusaba a Gómez de haber actuado «prevaliéndose de su estatus personal» como esposa del presidente del Gobierno y que uno de los empresarios «beneficiados por sus recomendaciones o avales» había sido Barrabés, al que se habrían adjudicado licitaciones públicas por valor de diez millones de euros.
En el marco de las pesquisas, la UCO informó al juez de que Innova Next SLU (de forma individual o conformando UTE con terceras empresas) «ha sido la sociedad en la que más se han concentrado la adjudicación de contratos públicos dentro del Grupo Barrabés». «Concretamente, un total de 28 contratos por un importe conjunto de 22.857.805,49 euros y que suponen un 91,7 % del total adjudicado», detalló la UCO.
2 comentarios
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Esto abre el camino para dentro de 5 años decir q no hubo nada. Igual q hicieron con los ERE de Andalucía. Pero obviamente no devolvieron los 680 millones. Los zurdos orgullosos.
España sigue siendo un pais de paella y pandereta donde los "listos" siempre se lo llevan calentito y sus amiguetes políticos también...eso si, el pueblo a pagar y pagar y el político de turno a robar a manos llenas.....