Caso Begoña Gómez

El juez Peinado rechaza que Bolaños declare por escrito en la causa de Begoña Gómez

Sí acepta que la declaración se celebre en el despacho que tiene el ministro en la sede de Justicia del Complejo de la Moncloa

El ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes. | Efe - Borja Sánchez-Trillo

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El juez Juan Carlos Peinado ha rechazado que el ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, declare por escrito el 16 de abril como testigo en la causa en la que investiga a Begoña Gómez, mujer del presidente del Gobierno.

Según explica el titular del Juzgado de Instrucción 41 de Madrid en una providencia este lunes, el ministro envió una «comunicación» con «determinadas consideraciones»: la posibilidad de declarar por escrito por razón de su cargo y, en el caso de rechazarlo, que la comparecencia se celebre en su despacho del Complejo de la Moncloa por motivos de «seguridad».

De acuerdo al escrito del ministro, al que ha tenido acceso EFE, Bolaños apela al artículo 412 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que permite a determinados cargos declarar por escrito por hechos conocidos por su puesto. Pero el juez sostiene que Bolaños interpreta «de forma errónea» el citado precepto, pues «es obvio» que los hechos por los que está citado «no los ha conocido en razón de ese actual cargo» de ministro, sino cuando era secretario general de Presidencia.

El magistrado le citó como testigo en la parte de la causa en la que investiga la contratación en 2018 de Cristina Álvarez, la asesora de Moncloa que asiste a Begoña Gómez. Se trata de una pieza separada abierta por un posible delito de malversación, una decisión que ha sido duramente recurrida por la Fiscalía y la defensa de Álvarez. La declaración se celebrará en la Moncloa Peinado sí acepta que la declaración se celebre en el despacho que tiene Bolaños en la sede del Ministerio en el Complejo de la Moncloa y no en la calle San Bernardo de Madrid, donde está el Ministerio de Justicia.

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El ministro incorporó un informe del jefe de servicio de su escolta, que señalaba que practicar el interrogatorio en la sede de Justicia, con el traslado de la comisión judicial, «supondría problemas de seguridad, y eventuales inconvenientes a los ciudadanos» que transiten por esa calle. Acepta el magistrado, pero no sin antes apuntar a que el citado informe se adjunta «sin firma, ni identidad alguna, ni de la persona que 'por orden', habría suscrito dicho informe, ni la de la persona que lo habría ordenado, conteniendo tan sólo, un membrete de la Secretaría General de Presidencia del Gobierno- Departamento de Seguridad».

«Parece algo, cuando menos extraño, que el titular del Ministerio de Justicia, como Notario Mayor del Reino, pretenda justificar una petición, en un informe carente de firma y por tanto, sin persona identificada alguna, que asuma el contenido de lo que en dicho escrito se refleja, por lo que, poca o ninguna virtualidad puede atribuirse al mismo», añade. El informe, con sello de entrada en el juzgado el 19 de marzo, recomienda que la declaración se practique en Moncloa, al tener «múltiples medidas de seguridad», ser un recinto cerrado y estar controlado interna y perimetralmente.

El despacho de la calle San Bernardo, sin embargo, está en pleno centro de la ciudad y el acceso se encuentra a pie de calle, además de que la citación coincide con Semana Santa, «con una previsible afluencia de turistas», y se tendría que desplegar un dispositivo de seguridad y movilidad específico, indica el informe al que ha tenido acceso EFE, que aparece firmado por el jefe de escolta «por orden de la directora de seguridad de Presidencia del Gobierno».

Pese a decir que no tiene «inconveniente alguno» en que la comisión judicial se desplace a Moncloa, el juez recuerda que cuando fue al Complejo para tomar declaración como testigo al jefe del Ejecutivo, Pedro Sánchez, el año pasado, se retuvo a la comisión durante «un periodo de tiempo sensiblemente superior al necesario». En ese momento, recuerda, había «un nutrido número de personas, expectantes en las inmediaciones de dicho vehículo, con el consiguiente riesgo para la integridad física de los ocupantes del mismo, mientras el vehículo ocupado por el letrado de la persona investigada (Begoña Gómez), accedía sin espera de ningún tipo, y elevando la barrera paralela a la que estaba impidiendo el paso al vehículo judicial».