Cada año cambia la renta mínima para cobrar esta ayuda. | Freepik

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El Ingreso Mínimo Vital (IMV) en España ha experimentado cambios significativos en sus límites económicos para el año 2025, según ha informado el Gobierno. En 2024, esta prestación benefició a más de 2 millones de personas, con el objetivo principal de «asegurar la inclusión social y laboral de los beneficiarios».

Para establecer el límite de acceso al IMV, se tiene en cuenta la «renta garantizada», que se resta a los ingresos o rentas obtenidos por el beneficiario a lo largo del año. Según los nuevos baremos, una persona individual podrá acceder al IMV si sus ingresos anuales no superan los 7.905,72€, lo que equivale a 658,81€ mensuales. Por cada miembro adicional de la unidad familiar, este límite se incrementa en un 30%, hasta un máximo de cinco personas. Así, para una familia de dos miembros, el límite anual sería de 10.277,52€ (856,46€ al mes), mientras que para una unidad de cinco personas, el tope ascendería a 17.392,68€ anuales (1.449,39€ mensuales).

Complementos adicionales por paternidad o discapacidad

Además de estos límites generales, existen complementos específicos que pueden aumentar la cuantía del IMV. En caso de discapacidad igual o superior al 65%, el límite anual para una persona se elevaría hasta los 9.645€ (803,75€ al mes), pudiendo alcanzar los 19.131,96€ anuales (1.594,33€ mensuales) para una unidad familiar de cinco miembros.

Por otro lado, existe un complemento por monoparentalidad. Para un núcleo de dos personas (padre/madre e hijo/a), el IMV ascendería a 12.016,80€ anuales (1.001,40€ al mes). Si se combinan ambas situaciones (monoparentalidad y discapacidad), el límite sería de 13.756,08€ al año (1.146,34€ mensuales).

Por último, se contempla un complemento mensual de ayuda a la infancia, que se suma por cada menor miembro de la unidad de convivencia: 115€ para menores de 3 años; 80,50€ para aquellos entre 3 y 6 años; y 57,50€ para los mayores de 6 y menores de 18 años.

¿Quién puede solicitar el IMV?

El IMV puede solicitarse de forma individual o como miembro de una unidad de convivencia. Estas últimas están formadas por personas que residen en el mismo domicilio y mantienen vínculos matrimoniales, de pareja de hecho o de parentesco hasta segundo grado.

Para optar de forma individual, es necesario tener al menos 23 años y no formar parte de una unidad de convivencia. Este requisito de edad no se aplica en ciertos casos, como mujeres víctimas de violencia de género o trata, personas provenientes de centros de protección de menores o huérfanos.

En el caso de unidades de convivencia, también se exige una edad mínima de 23 años. No obstante, las personas más jóvenes, incluso menores emancipados con hijos a su cargo, también pueden solicitar esta ayuda. En todos los casos, existen requisitos más específicos detallados en la web informativa de la Seguridad Social sobre el IMV.

Procedimiento de solicitud

El IMV puede solicitarse tanto de forma telemática como presencial. A través de internet, puedes hacerlo en la Sede Electrónica de la Seguridad Social, utilizando tu certificado electrónico, Cl@ve o rellenando un formulario habilitado. Si prefieres la vía presencial, puedes acudir a cualquiera de los 12 Centros de Atención e Información (CAISS) de la Seguridad Social disponibles en la provincia de Málaga.

El Ingreso Mínimo Vital se introdujo en España en 2020 mediante Real Decreto-ley, y desde diciembre de 2021 se encuentra regulado por la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el Ingreso Mínimo Vital.