El matrimonio Aznar, durante sus vacaciones de este verano en Mallorca. | Pedro Prieto

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El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena impuesta a Telecinco por la Audiencia Provincial de Madrid, que en 2009 condenó a la cadena de televisión a pagar 180.000 euros al matrimonio formado por José María Aznar y Ana Botella, por informar de una «supuesta separación» matrimonial.

La sentencia de la Sala de lo Civil del TS considera que la información ofrecida en 2008 por el programa «Aquí hay tomate», que hizo referencia a la separación del matrimonio Aznar «por causa de una infidelidad del marido», supuso una intromisión ilegítima en el honor de la pareja.

En la sentencia, el presidente de la Sala, Xiol Ríos, ponente de la misma, concluye que debe revertirse la posición prevalente de la libertad de información en beneficio del derecho al honor.

Además considera que la información divulgada por el citado espacio de televisión, «aunque de interés público», no cumple con el requisito de la veracidad, puesto que los demandados procedieron inmediatamente a desmentir lo que no pasaba de ser un rumor.

Recuerda, además, que la información no veraz sobre infidelidades conyugales constituye una intromisión ilegítima tanto en el honor del cónyuge a quien se atribuye la infidelidad como en el del cónyuge que la estaría soportando.

«Del primero se predica un comportamiento indebido y al segundo se le atribuye una situación socialmente considerada, en general, como humillante o digna de lástima, que no está obligado a soportar», indica la sentencia.