Ángeles Durán
Ángeles Durán

Periodista y Doctora en Comunicación

Smartzone

A los okupas, ni agua

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Hace unos días circulaba en prensa digital un vídeo de la descarada okupación de una vivienda en Ibiza, perpetrada por cuatro tipejos ante la atónita mirada del propietario y de la policía. Eran tres hombres y una mujer extranjeros, cuya nacionalidad no citaré para no conculcar las normas antirracistas, porque, sinceramente, la procedencia no es lo que determina la jeta y la desvergüenza de los asaltadores. Su indecencia fue cambiar la puerta de la casa impunemente y a plena luz del día e insultar al impotente dueño y a los inmóviles agentes.

Vecinos actuaron al margen de la ley, porque una norma que es absurda anima a la sublevación, así que urge la reforma que proteja al propietario de usurpación para evitar conflictos mayores. Así unos cuantos espontáneos sacaron los enseres de los okupas del inmueble y les impidieron volver a entrar. Es lo que pasa cuando la ley no sigue el sentido común y la justicia no actúa con rapidez y lógica. De hecho, datos del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) de 2023, evidencian que el tiempo medio en España para desalojar de manera legal a un okupa es de un año, que puede extenderse a dos si hay apelaciones. Y así hace falta mucha paciencia, además de ahorros para asumir los costes de un proceso judicial. Algunas provincias han avalado los desahucios exprés, que se supone que deberían ejecutarse sin autorización judicial en las primeras 24 horas del allanamiento. Pero, pasado ese plazo, todo es un viacrucis.

Los jueces catalanes, que han evitado pronunciarse ante los desahucios exprés, han aplicado la racionalidad perdida hasta ahora en una parte de la ley. Leyes que, recordemos, aprueban los políticos en el Parlamento. En Barcelona y Girona han acordado que cortar la luz o el gas y el agua de una vivienda okupada no sea considerado un delito de coacciones por parte del propietario al que le han arrancado su casa pero que sigue obligado a pagar los suministros, no sea que los allanadores se encuentren con incomodidades durante su estancia.

Es demencial que un sujeto pueda ocupar ilegalmente una vivienda particular, gratis y amparado jurídicamente, mientras el propietario paga impuestos, suministros y quizá hipoteca. Nada pasará tampoco si destrozan el inmueble, porque la insolvencia les eximirá de cualquier castigo.

El derecho a una vivienda digna existe en la Constitución, pero los ciudadanos no son ONG. Es la Administración pública quien tiene que facilitarla a los desposeídos, beneficiados del servicio que ya sostienen los contribuyentes con sus impuestos.