El Tribunal Constitucional ha avalado -con cuatro votos particulares en contra- que el catalán no debe ser un requisito para ser funcionario en Balears, aunque sí un mérito a puntuar.
Para los jueces del Constitucional, la cooficialidad del castellano y el catalán en nuestras Islas debe sujetarse a un «patrón de equilibrio» entre ambos idiomas, una interpretación que invalida la exigencia del catalán para acceder a la función pública, tal como contemplaba la Llei de la Funció Pública desde el 2007.
Los magistrados hacen gala de una manifiesta incomprensión de la realidad lingüística de Balears. Hablan de equilibrio entre las dos lenguas cooficiales, pero les parece correcto todo lo contrario, o sea, que una de ellas, el catalán, sea secundaria. Esta restrictiva interpretación oficializa la subordinación de la lengua catalana en el archipiélago balear.
El Constitucional elude el fondo de la cuestión: ¿sería aceptable que un funcionario del Estado no conociera el castellano? El sentido común responde que no. Pero el tribunal acepta como posible, y legal, que pueda suceder en Balears con el catalán. Los funcionarios deben conocer los dos idiomas.
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