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El caso Truvi quedó ayer visto para sentencia tras un juicio señalado cuando se cumplían dos años del asalto que sufrieron los dueños del centro de jardinería ferrerienc, objeto también de un robo la noche de autos. Los hechos conmocionaron Menorca por su extrema violencia y resulta tranquilizador el haber podido sentar en el banquillo a los presuntos autores en un plazo relativamente corto de tiempo. Sin embargo, una sombra se proyecta sobre la resolución del caso tras la celebración de la vista en la que tanto Ministerio Fiscal como abogados defensores han constatado el carácter indiciario de la prueba. La legislación y la jurisprudencia tienen perfectamente definida la actividad probatoria por indicios, aquella que sustituye la prueba directa. Sin embargo, resulta preocupante tener que conformarse con indicios si ello obedece a que no se haya llevado a cabo una instrucción mucho más completa que permita apuntalar el relato fáctico y dirimir con justeza si el presunto culpable lo es o no. Y en el juicio del caso Truvi esa es exactamente la sensación que ha quedado, que no se instruyó bien. ¿Cuenta Menorca con los medios materiales y humanos suficientes para abordar una investigación policial que garantice el derecho a una tutela judicial efectiva?