El magistrado juez de la sección primera de la Audiencia Provincial ha absuelto a un padre menorquín, de 43 años de edad, del delito de abuso sexual a su hijo, menor entre 2014 y 2017, por el que fue juzgado el pasado noviembre. El presidente del tribunal, José Tártalo, no ve pruebas suficientes para condenar al progenitor y en la sentencia desacredita a la psicóloga del Servicio Insular de Familia y Menores del Consell cuestionando su participación en este proceso.
Tanto el fiscal como la acusación a cargo de la madre del menor, y el Consell, también personado en la causa como acusación particular, tras haber actuado de oficio en este caso, solicitaban una condena de 12 años de prisión e indemnización de 50.000, 150.000 y 75.000 euros, respectivamente. Pedían además el mismo tiempo sin poder comunicarse con su hijo y libertad vigilada durante diez años más posteriores a la condena, en el caso de haber sido declarado culpable.
El padre declaró en el juicio que el testimonio de su hijo, que entonces tenía 8 años de edad, había sido inducido por la psicóloga de Menores. La sentencia refleja que antes de la declaración del niño la profesional ya le había realizado seis entrevistas.
La sala arroja dudas sobre la única prueba de cargo presentada por la acusación, que fue la misma declaración del menor durante la instrucción de la causa. Señala que hay falta de espontaneidad en el relato, escasos detalles y el uso de preguntas sugestivas que se repitieron de forma insistente ante los silencios del niño que también había llegado a retractarse.
«El menor buscaba la mirada de la psicóloga y en demasiadas ocasiones se hizo referencia no a lo que ocurrió al niño sino a lo que este ya le había contado a la psicóloga del SIF» en las entrevistas anteriores, «lo que consideramos que pudo mermar la libertad del menor para expresarse», tal y como defendió en su intervención la letrada de la defensa Carmen Pecharromán.
En el informe consta que la madre le había dicho a la psicóloga que su hijo había dicho posteriormente que es la propia profesional la que le había hecho decir que su padre le había instado a que le realizara varias felaciones, aunque la psicóloga le respondió que la retractactación era muy común en estos casos.
«Se trata de una revelación sobre la que no se ha hecho ninguna indagación, pero que consideramos inhabilita a la psicóloga para participar en dicha exploración», señala la sentencia.
El apunte
La acusación, sorprendida por la sentencia, anuncia el recurso