El Ayuntamiento de Maó impulsa una ordenanza para mejorar el control de los edificios antiguos de la ciudad. | Gemma Andreu

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Los edificios de más de 30 años de antigüedad de Maó deberán pasar una inspección técnica obligatoria para acreditar el buen estado de conservación del inmueble. Así lo establece la nueva ordenanza del Ayuntamiento que acaba de finalizar el periodo de consulta pública, y que ahora se deberá aprobar de manera inicial.

De esta manera, Maó se convertirá en el segundo municipio de Menorca en contar con una ordenanza    que regula las inspecciones técnicas de edificios (ITE), después de Ciutadella. Precisamente, fueron los dos derrumbes que se produjeron en la ciudad del poniente insular el pasado mes de mayo los que encendieron todas las alarmas y llevaron al PP de Maó a pedir la elaboración de una normativa para implementar una especie de ITV para los edificios.

Inspección técnica

La normativa municipal establece la obligación formal de los propietarios de presentar de forma periódica un informe de evaluación del edificio, en el cual se tendrá que acreditar su estado de conservación. Estarán sujetos a esta obligación los edificios con una antigüedad igual o superior a los 30 años.

Además, para los edificios de más de 50 años la ordenanza decreta la obligación de presentar un informe sobre las condiciones básicas de accesibilidad y de no discriminación de personas con discapacidad de acuerdo con la normativa vigente, así como de la eficiencia energética del inmueble.

Revisión visual de la estructura, la fachada, la cubierta    y las instalaciones

La nueva ordenanza reguladora de las inspecciones técnicas de edificios de Maó establece que los informes de evaluación tendrán que ser subscritos por técnicos con la cualificación adecuada, que deberán identificar mediante una inspección visual las deficiencias o lesiones de los edificios que puedan afectar a los elementos comunes, los cimientos, la estructura, la fachada, las paredes medianeras o las cubiertas. También se tendrán que revisar las instalaciones comunes de suministro de agua, electricidad, red de saneamiento y pluviales. En este sentido, se considerará una deficiencia grave que el edificio no disponga de redes independientes para la gestión de las aguas residuales y pluviales.

A partir de la entrada en vigor de la ordenanza, los propietarios de los edificios tendrán un año para presentar el informe, que posteriormente se tendrá que renovar con una periodicidad de diez años, a contar desde la última inspección técnica.

Informe desfavorable

En el caso de que el informe sea desfavorable, los propietarios estarán obligados a realizar las actuaciones necesarias para reparar las deficiencias, sin que la Administración lo tenga que requerir expresamente. En este sentido, se establece un plazo máximo de seis meses para que el propietario inicie los trámites de solicitud de la licencia de obras o de comunicación previa. En el supuesto de que la inspección detecte la existencia de un peligro inminente, se deberán llevar a cabo las actuaciones inmediatas que sean necesarias.

Cuando el informe de inspección sea favorable, se tendrá que presentar una copia al Ayuntamiento para que se remita a la conselleria competente en materia de vivienda y se incorpore al Registro de Evaluación de Edificios.

El apunte

Las multas por no presentar la ITE serán de hasta 3.000 euros

La nueva ordenanza reguladora de los informes técnicos de evaluación de los edificios de Maó también establece un régimen sancionador. Concretamente, la norma prevé que la multa por incumplir la obligatoriedad de presentar la inspección técnica oscile entre los 600 y los 3.000 euros.

El texto indica que la falta de presentación del informe de evaluación, o de las sucesivas revisiones, se considerará como un incumplimiento del deber de conservación del propietario, lo que se tipifica como una infracción urbanística leve según la Ley de Urbanismo de las Illes Balears (LUIB).

En este sentido, la ordenanza de Maó pretende involucrar a los ciudadanos en las tareas de mantenimiento de los edificios, para lo cual se simplifican los trámites y se crean unos modelos para cumplimentar. Asimismo, el texto de la norma incluye un glosario con la definición de algunos conceptos básicos, y detalla la documentación que se debe presentar. Todo ello con el objetivo de facilitar a los técnicos y propietarios los instrumentos necesarios para cumplir con sus obligaciones.