La sentencia ratifica el auto dictado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Palma y subraya que el Consistorio «no puede tolerar que se ejerza una actividad que carece de los requisitos habilitantes», por mucho que aún no se haya aclarado si el procedimiento seguido por el municipio para dejar sin efecto la licencia se ajusta a derecho.
La resolución judicial del TSJB viene a avalar y reforzar los argumentos utilizados por el Ayuntamiento cuando el pasado mes de junio decretó el cierre urgente de las instalaciones: en resumen, que para cumplir con la legalidad debe exigir al parque una licencia que le permita seguir ejerciendo su actividad. Esta no existe desde que el pleno acordó en octubre de 2022 su nulidad. Aceptar la medida cautelar que pedía la empresa para dejar en suspenso esa anulación hasta que se resuelva el recurso presentado comportaría otorgar «una suerte de licencia judicial sin previamente verificar que se cumplen todos los requisitos normativos para el ejercicio de la actividad», advierte la sentencia.
Acto seguido recuerda que la nulidad de la licencia se declaró precisamente porque no se cumplían esos requisitos, en alusión a lo que motivó que el Ayuntamiento de Sant Lluís tomara esa decisión, la anterior anulación firme de la declaración de interés general que el Consell insular, entonces gobernado por el PP, había otorgado para permitir que se levantara un parque acuático en suelo rústico con el argumento de que contribuía a desestacionalizar la actividad turística, aunque solo abriera sus puertas en temporada.
Última instancia
La sentencia del TSJB no agota la vía judicial. La empresa tiene derecho –fuentes municipales explicaban ayer que lo van a ejercer– de presentar un recurso de casación ante el Tribunal Supremo. No suele ser una opción con muchas posibilidades de éxito, pero puede tener un efecto dilatorio para retrasar el cierre del parque. No obstante, el Ayuntamiento de Sant Lluís se vuelve a ver impelido por otra resolución judicial, esta vez del TSJB, a ordenar su clausura. La sentencia señala en ese sentido que aceptar que el parque continúe abierto «afectaría gravemente al interés público».
En ese sentido pone de manifiesto que los intereses particulares de la empresa propietaria del parque acuático, Promoción y Desarrollo Turístico de Menorca SL, son «meramente económicos», frente al «potente interés público centrado en evitar que se permita la continuidad» de una actividad que carece de licencia.
Cabe recordar que la promotora no cumplió con la orden de cierre del Ayuntamiento y mantuvo abierto el parque acuático tras presentar otro contencioso, este por defectos de forma en el decreto de Alcaldía emitido por la alcaldesa, Loles Tronch, en el que se les daba un plazo de 48 horas para el cese de actividad. El recurso fue admitido a trámite pero no se ha resuelto. También hay que tener en cuenta que el Consorcio para la Protección de la Legalidad Urbanística en Suelo Rústico aseguró que el expediente de demolición está paralizado a la espera de que haya sentencia firme. Mientras tanto, la amenaza de indemnizaciones sobrevuela tanto el Consell, como el Consistorio.
El daño económico, «reparable» por el Ayuntamiento de Sant Lluís
7 comentarios
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Sr. D. Luis Casals, deje de manipular y de jugar con la buena fe de la población menorquina, esa recogida de firmas es una maniobra muy burda, simple y pueril, que lleva el sello de la casa. Aténgase al principio de legalidad, y respete las reglas del juego. Si usted quería construir el parque acuático, antes debió haber solicitado la recalificación de su terreno. Pero claro, eso conllevaba tiempo e incertidumbre. O también podía haber comprado un solar urbano y construir allí su parque, pero claro, eso conllevaba mayor coste. Usted ha competido en desigualdad de condiciones con respecto al resto de ciudadanos. De paso, por favor Sr. Casals, aclare a la población menorquina sus vínculos con Marta Vidal, y cómo consiguió una declaración de interés general para construir un parque acuático con el argumento de la desestacionalización. Yo pasé delante del parque ayer a las 12:39 h y no ví a ningún joven santlluisser deslizándose por sus toboganes.
Despues de los destrozos que se han echo en esta parcela, ya de nada sirve derribarlo, almenos vamos a disfrutarlo
Ipocresia.com“Rechaza la petición de la empresa de mantenerlo abierto…”. ¿Es que pensaban tenerlo abierto en diciembre?… Eso no se lo cree nadie.
Se podría tener en cuenta,que la mayoria de niños y adolescentes de Menorca de la parte del levante de Maó y Sant LUIS utilizan este parque.Lo poco que hay en Menorca para la juventud en verano,no veo lógico que lo quiten. Si este parque estuviese en Palma no lo quitarían.
Pues no lo entiendo, mira que desestacionaliza !!!!!!!
De ve que m'agradaria que donessin la cara i pagassin es que van promoure, participar, acceptar aquesta il·legalitat. Si tinguent una megaestructura de gent i recursos com es CIME s'acaben fent aquestes xapusses és per tancar es xiringuito i començar de nou amb personal competent.
No hay que darle tantas vueltas. El parque no se podia construir en Rústico (más faltaria, es que no es ni un hortal, es un PARQUE AQUATICO). Se construyo en base a un interés general, que todo el mundo sabia que era ridículo y fraudulento, y que afortunadamente los jueces han hecho su trabajo. Ahora, que pague la demolición la funcionaria o política que acepto ese interés general. Punto y final, no hay nada mas que discutir.