Embarcaciones amarradas en la zona de Sa Colàrsega, justo al final del puerto de Maó | Gemma Andreu

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Alquilar un barco particular reportará al propietario unos 1.000 euros al día con la nueva ley prevista en el Real Decreto 186/2023, de 21 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación de la Navegación Marítima y la posibilidad de explotar con fines lucrativos cualquier embarcación privada a través de una autorización que permitirá hacerlo durante un plazo no superior a los tres meses anuales.

La norma se aplicará a partir del 1 de julio de 2024 y facilitará a los dueños de barcos optar a un cambio temporal de uso privado a comercial, una iniciativa que han percibido como positiva ya que les permitirá amortizar los gastos (en seguro, de amarre, de mantenimiento, en combustible y extras) y rentabilizar sus embarcaciones de manera legal. Más aún teniendo en cuenta el momento en el que entrará en vigor la ley, que coincidirá con los meses estivales y de mayor demanda en el alquiler de barcos en Menorca.

El precio, decisión de los dueños

La renta la decidirán los propietarios y variará según la zona desde la que se alquila y el tipo de embarcación. No obstante, empresarios especializados en el sector advierten que los dueños de barcos privados atenderán la oferta de las empresas de chárter náutico de la Isla para establecer la renta y acabarán fijándola en base al precio de mercado para cobrar lo mismo.

Hay que destacar que los precios, aunque suben en temporada alta, oscilan entre los 200 euros y los 800 euros al día para alquilar una embarcación sin patrón, según los anuncios visibles en las diferentes páginas web, mientras que aumentan significativamente    para alquilar barcos con patrón. A estas cantidades hay que sumarle, además, la fianza, que supera en la mayoría de casos los 1.000 euros, que se devuelven una vez comprobado el estado del barco.

Lista Séptima, un portal especializado en el alquiler de embarcaciones con amarre en Balears que ha nacido precisamente tras el anuncio de la nueva ley, estima un alquiler de 30 días por temporada a 1.000 euros la jornada. Aun así, insiste Alberto Alonso, uno de los socios fundadores de la empresa, el precio variará en función del lugar desde el que se alquile y el tipo de embarcación.

Cubrir los gastos de la embarcación

«Prevemos que los interesados en alquilar serán dueños de barcos o lanchas de 7 a 8 metros por unos 1.000 euros al día, no dueños de zodiacs o barcos muy grandes», aclara Alonso. Ese precio, multiplicado por treinta, sería la estimación media de ingresos tras alquilar un barco estándar, lo que le reportaría a los propietarios unos 30.000 euros al año.

Una cantidad que les asegura una rentabilidad muy atractiva. «Cubre el coste de los trámites para poder alquilar las embarcaciones privadas y todos los gastos de mantenimiento», afirma Alberto Alonso, de Lista Séptima, empresa que funcionará a partir del verano que viene como una especie de gestoría que realizará las gestiones necesarias para que los dueños de barcos de Menorca y el resto de Balears puedan alquilar sus barcos con apoyo.

Gestiones para el alquiler

Además de solicitar una autorización para explotar como si fuera de la lista sexta (destinada a fines lucrativos y comerciales) cualquier embarcación registrada en la lista séptima (privada sin fines lucrativos) durante un máximo de tres meses, los dueños de barcos particulares deberán completar una serie de gestiones tales como darse de alta en Hacienda para poder emitir facturas a los clientes, ampliar los seguros para cubrir a todos los pasajeros y pasar la inspección técnica de barcos.

Todas estas cuestiones «no suponen mucha inversión», en palabras de Alberto Alonso, uno de los socios fundadores de Lista Séptima, que subraya el importe que recibirán los propietarios tras alquilar las embarcaciones.

Hay que destacar que el ritmo de matriculación de embarcaciones privadas sin fines lucrativos es, en los últimos años, más acelerado que el de matriculación de embarcaciones destinadas a fines lucrativos y comerciales, con unas 200 por ejercicio que se podrán acoger a esta nueva ley.