Una imagen habitual a comienzos de temporada turística con la llegada de vehículos por vía marítima para ser comercializados en alquiler. | Gemma Andreu¶

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No es la esencia de la ley de Menorca Reserva de la Biosfera, pero sí una de las medidas más novedosas incluidas en el proyecto que debe aprobar el Parlament cuando el Consell le remita el texto. De acuerdo con el calendario previsto y el ritmo parlamentario, no estará aprobada antes de la próxima primavera, tiempo suficiente para asimilar los cambios trascendentes en la que, con sobradas razones, sus promotores, el equipo de gobierno, ha llamado Ley de Menorca.

El artículo 28 y dos disposiciones transitorias del borrador redactado por Ferran Pons Cánovas, proponen limitar la entrada de vehículos a motor para reducir principalmente en periodo estival la saturación que provoca «la afluencia turística excesiva y la saturación de los espacios públicos que comporta».

Corresponderá al pleno de la institución determinar con carácter anual o bienal el número máximo en el correspondiente periodo del año. En esa misma línea, también podrá poner coto a la flota de rent a car que llega para su comercialización.

Apela a criterios de proporción y no discriminatorios y por ello regula también los casos de no residentes pero con vivienda en Menorca. En este caso, el Consell puede establecer requisitos adicionales, se propone autorizar solo un vehículo por propietario.

Entre las excepciones también figuran los residentes en otras islas del Archipiélago que se desplazan por razones laborales y los vehículos de transporte de mercancías, maquinaria pesada y vehículos de servicio público.

Tasa y distintivo

Aquellos vehículos a los que el Consell autorice la entrada y la circulación por la Isla han de llevar obligatoriamente la pegatina y abonar previamente, si así se estableciere, la tasa correspondiente. Ello supone diseñar un distintivo para identificar los vehículos con acreditación para rodar por la Isla sin estar domiciliados en la misma.

También se impone a las navieras que operan en los puertos menorquines la obligación de informar a los usuarios de estas limitaciones durante el proceso de compra de los pasajes. Además habrán de verificar durante el proceso de embarque de los vehículos con destino Menorca que sus usuarios disponen de la acreditación de entrada.

Imperiosa necesidad

Al margen de las modificaciones que el articulado y contenido del mismo puedan sufrir durante la tramitación, tanto la limitación de vehículos, inspirada en el modelo aplicado en Formentera en 2019, como el resto de cuantas se proponen se consideran «necesarias, adecuadas y justificadas por la concurrencia de razones imperiosas de interés general referidas a la protección del medio ambiente, del entorno urbano y la salud pública, tales como garantizar que no se intensifique la presión sobre el territorio» ni se congestione la red viaria, entre otras razones.

Tal como señala en la exposición de motivos, con esta ley «se pretende saldar una deuda histórica» y, lejos de socavar la actividad turística, pretende «que no se pierda el valor y la buena imagen de la Isla como destino turístico», precisa en el artículo 29.

Una imagen habitual a comienzos de temporada turística con la llegada de vehículos por vía marítima para ser comercializados en alquiler.