El conseller de Movilidad y Vivienda, Josep Marí, ha anunciado este jueves que ya está abierta la nueva convocatoria de las ayudas del año 2021 para la rehabilitación de edificios y viviendas incluidos dentro del área de regeneración y renovación urbana de Ciutadella, en el marco del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, por un importe global de 166.666 euros.
Por su parte, la alcaldesa, Joana Gomial, ha explicado que las viviendas que pueden solicitar la ayuda tendrán que estar en el casco antiguo y que desde el consistorio se ha calculado que las ayudas podrán beneficiar a unas 21 viviendas.
Asimismo, ha añadido que desde el Ayuntamiento se bonificará en un 96 por ciento el ICIO, traduciéndose en una aportación del Ayuntamiento de unos 29.000 euros.
"Lo que se pretende con estas ayudas es fomentar la regeneración y renovación urbana y tienen como objeto la financiación para la ejecución de obras de rehabilitación en edificios de viviendas de tipología residencial colectiva, o bien en viviendas unifamiliares, entre medianeras o agrupadas en hilera, incluidos dentro del área de regeneración y renovación urbana de Ciutadella", ha señalado Marí.
Se podrán acoger a esta convocatoria aquellas obras que estén iniciadas a partir del 11 de mayo de 2020 y no acabadas, y también acabadas o no iniciadas todavía El plazo de presentación de solicitudes será de un mes desde el 3 de junio de 2021, fecha de publicación en el Boletín Oficial de Baleares (BOIB).
La subvención será del 40 por ciento del presupuesto con máximos de 12.000 euros (siempre que incluyan actuaciones de mejora de eficiencia energética), pero se podrá elevar al 75 por ciento en casos en que el núcleo familiar tenga ingresos tres veces inferiores al IPREM o si existen personas con discapacidad. También se podrá incrementar en 1.000 euros si el inmueble es BIC.
Las obras que se podrán acoger a estas ayudas serán de conservación y de accesibilidad, así como actuaciones de mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad.
Podrán ser beneficiarios de las ayudas de esta convocatoria el propietario único o los copropietarios conjuntamente de edificios de viviendas o de viviendas, que, a la vez, podrán ser, las personas físicas mayores de edad que sean residentes en Baleares y tengan la nacionalidad española (en el caso de extranjeros, deberán tener la residencia legal en España).
También las personas jurídicas de naturaleza privada, que acrediten en su solicitud que se encuentran constituidas debidamente, según la normativa que les resulte de aplicación; las comunidades de propietarios de edificios de viviendas o las agrupaciones de comunidades de propietarios, constituidas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal; y finalmente los propietarios que, de forma agrupada, lo sean de edificios de viviendas que reúnan los requisitos establecidos por el artículo 396 del Código Civil, pero no hayan otorgado el título constitutivo en régimen de propiedad horizontal.
1 comentario
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Si el máximo de la subvención por cabeza es de 12.000 euros y la partida total es de 166.000 euros significa que da para 13 o 14 proyectos... Afortunado al que le toque!