Imagen del núcleo de S’Altra Banda con viales precarios, ausencia de aceras y carencia de abastecimiento de agua y saneamiento. | Javier Coll

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Un vecino de San Antoni ha presentado un escrito de queja ante el Defensor del Pueblo porque quince años después de haber suscrito un aval bancario para financiar la cuota que el Ayuntamiento de Maó le exigió para la urbanización de este núcleo ni se han ejecutado las obras ni se le ha devuelto el aval.

Aduce que la garantía en cuestión es de 22.033 euros que, al 3 por ciento anual, le ha supuesto un coste financiero de casi 10.000 euros desde 2003, año en el que solicitó la licencia para construir y se le exigió el referido aval bancario.

La queja llega porque tampoco hay expectativas de ejecución de un proyecto de 2002, que ha quedado obsoleto, porque el Ayuntamiento de Maó no ofrece alternativa ni respuesta convincente y porque, en suma, esa actuación municipal supone «una vulneración de derechos fundamentales y libertades públicas», según el escrito redactado por el abogado contratado para la causa.

El problema afecta a una treintena de vecinos, que o han depositado dinero o han firmado avales por la parte alícuota exigida para garantizar las obras de urbanización contempladas en la modificación puntual número 42 del Plan General. Otros cinco particulares afectados por el problema han decidido emprender el mismo camino.

La exigencia municipal de esta garantía no se planteó, no obstante, como condición para la concesión de la licencia de edificación de una parcela sino como la parte correspondiente a la urbanización general del núcleo sobre un proyecto valorado entonces en 3.665.983 euros. La cantidad se fijó en función de un reparto de cuotas que fue anulado por el Contencioso-Administrativo de Palma (2006) y, tras el recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento de Maó, ratificado por el Tribunal Supremo cuatro años después.

La distribución de cuotas había sido acordada por los servicios municipales, beneficiaba la antigüedad vecinal y penalizaba las parcelas sin edificar a la hora de determinar la contribución correspondiente a cada uno de ellos, una fórmula que los tribunales han derribado al dictaminar que no se ajusta a derecho.

La situación ha provocado entretanto «un secuestro de avales», según la definicón del abogado, «y el enriquecimiento injusto a favor de una entidad financiera con la colaboración consciente o o inconsciente» del Ayuntamiento.