El Consell puede aprobar por pleno las zonas en que se permitirá el alquiler. | Gemma Andreu

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Como ya se había anunciado, el borrador de la regulación del alquiler turístico deja en manos de los consells una de las cuestiones más espinosas, la determinación de las zonas en las que se permitirá el uso turístico de edificios residenciales. Serán los órganos insulares quienes, con informes previos de los ayuntamientos, delimitarán las zonas aptas, fuera de las cuales no será permitido el alquiler turístico ni en edificios plurifamiliares ni en unifamiliares. Lo harán a través de la aprobación de los llamados PIAT (planes de intervención en ámbitos turísticos), que en el caso de Menorca se redactará en paralelo a la revisión del Plan Territorial Insular, que no se prevé aprobar hasta el final del mandato.

El borrador es muy claro en este sentido al especificar que no entrará en vigor, es decir, no se podrá autorizar el alquiler turístico en pisos, hasta que los consells no hayan aprobado los PIAT (en el caso del Consell, el PTI), lo que en la práctica supondría esperar hasta dos años para la anunciada regularización del alquiler turístico. No obstante, tal y como está redactado el texto, se abre la puerta a que los consells puedan tomar decisiones en este ámbito con la única necesidad de un acuerdo de pleno. Esta posibilidad faculta al Consell a llevar a pleno la aprobación de las zonas en las que se permitiría este tipo de alquileres, sin necesidad de esperar a la aprobación de los planes urbanísticos.

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Sin decidir

El equipo de gobierno todavía no ha decidido si ejercerá esa facultad para permitir que el alquiler turístico en edificios residenciales sea legal una vez se apruebe la modificación de la Ley Turística. Hay zonas, como las urbanizaciones turísticas, en las que no existe conflicto, pero no ocurre lo mismo en las zonas urbanas.