Como pasa a menudo, las leyes no se adecuan en su totalidad a la realidad social. Se hace difícil pensar en normas que regulen aspectos de nuestra vida cotidiana y sean aplicables del mismo modo en todos los contextos, situaciones y lugares.
Esto mismo sucede con los funerales de cuerpo presente. Gozan de una gran tradición en Menorca, hasta tal punto que la mayoría de los funerales que se celebran actualmente en la Isla son de este tipo, tal y como apuntan desde la Diócesis. Una minoría son aquellos en los que se oficializa la ceremonia en presencia de las cenizas del difunto.
Pues bien, según la normativa autonómica referente a sanidad mortuoria vigente desde el año 1997, estos funerales no podrían llevarse a cabo, puesto que en su artículo 26 expone literalmente que «en la conducción y traslado de un cadáver no se pueden establecer etapas de permanencia en lugares públicos o privados, excepto autorización expresa de la Conselleria de Sanidad y Consumo». Este punto impide, por tanto, que los féretros con los cuerpos de los difuntos se dispongan en cualquier otro lugar que no sea el tanatorio.
Así pues, hace dos décadas que no se cumple estrictamente la normativa vigente, algo que desde la Conselleria de Sanidad reconocen y defienden alegando, precisamente, este componente tradicional de la ceremonia. Por otro lado, son conscientes de que es un tema muy sensible sobre el que no es fácil hablar ni legislar y remarcan la imposibilidad de actuar in fraganti, es decir, en el momento preciso en el que se está cometiendo la infracción.
Entre otros aspectos, la ley regula el traslado de los difuntos, a los que clasifica en dos categorías según el riesgo que representan para la salud pública. En el grupo I se encuentran los muertos a causa de enfermedades contagiosas o que presentan contaminación radioactiva así como otros motivos que la administración determine por circunstancias epidemiológicas o de salud pública excepcionales que afecten al territorio. El resto de cadáveres, la inmensa mayoría, forman parte del llamado grupo II.
Nuevo decreto
El Govern está preparando un nuevo decreto que sustituya al actual y modifique algunos aspectos que lo adapten a la actualidad. No obstante, el aspecto relativo a los funerales de cuerpo presente no se retoca, es decir, se mantiene igual que en el año 1997. El proyecto de ley, que todavía es un borrador, ha superado la fase de alegaciones y actualmente se están respondiendo las que se presentaron durante el periodo establecido.
Pese a que la nueva normativa se encuentra en una fase avanzada de la tramitación, los partidos de la oposición del Ayuntamiento de Ciutadella tuvieron conocimiento de la existencia de este documento el pasado 26 de octubre, en la reunión de la Junta Municipal de Cementerios, explican desde UPCM.
Tras hacerse con el nuevo texto y analizarlo, el partido encabezado por Joan Triay ha decidido presentar una moción en el siguiente pleno municipal en el que solicita «que el Ayuntamiento de Ciutadella inste al Govern a conciliar en la medida de lo posible la normativa del nuevo decreto que está preparando, con el respeto a las costumbres, ideas y creencias de los difuntos y sus familiares que no impliquen riesgos sanitarios». Al mismo tiempo, reclama que se modifique el artículo pertinente para que puedan seguir celebrándose funerales de cuerpo presente en las mismas condiciones sanitarias que en la actualidad.
La moción, de la que el Govern tiene conocimiento, ha sorprendido en la Conselleria de Sanidad puesto que aseguran que la prohibición de celebrar funerales en cuerpo presente está vigente desde hace 20 años y el nuevo decreto no lo modifica. Además, sostienen que no se ha presentado ninguna alegación relativa a estos actos.
19 comentarios
Para comentar es necesario estar registrado en Menorca - Es diari
En aquesta conselleria estan fets tot uns experts en trobar problemes on no en hi ha. Autoritzin els funerals de cos present i tot aclarit!
Basta con leer la noticia para ver que no es cierto que los funerales de cuerpo presente estén prohibidos «en la conducción y traslado de un cadáver no se pueden establecer etapas de permanencia en lugares públicos o privados, EXCEPTO AUTORIZACIÓN EXPRESA DE LA CONSELLERIA». Entonces resulta que sí están permitidos si hay permiso de la Conselleria, así que digan toda la verdad ya que es ahora cuando quieren prohibirlos y por eso han quitado la frase excepto autorización expresa de la Conselleria y por otra parte han limitado la excepción a lo que llaman "personas difuntas relevantes" como si ya no hubiera suficientes discriminaciones en vida para discriminar ahora también a los muertos.
Quin paperot la Conselleria! Ara diuen que fa 20 anys que està prohibit, després reconeixen que aquesta prohibició és una ximpleria i no s'aplica per l'absurda que és i a sobre diuen que Así pues, hace dos décadas que no se cumple estrictamente la normativa vigente, algo que desde la Conselleria de Sanidad reconocen y defienden alegando, precisamente, este componente tradicional de la ceremonia... Idò llavors en comptes de mantenir la prohibició sobre el paper en el decret nou que fan, lo lògic és llevar-la i regular les condicions en què poden celebrar-se els funerals de cos present que és un fet que en hi ha uns quants cada dia perquè molta gent ho vol.
Un comentari molt encertat el de Maria que expresa el pensament de molta gent, el sorprenent és que els de la Conselleria diguin ara que els funerals de cos present estan prohibits fa 20 anys quan cada setmana s'en fan varis a molts de pobles de les Illes, el que ha de fer la Conselleria si fan un nou Decret és ser respectuosos amb la realitat social de les Illes i les idees i creences de tots els seus habitants permetent la opció dels funerals de cos present que molts volem que es puguin seguir fent.
Las leyes no las hacen los ciudadanos manumenorca y los decretos menos aún, la putefracción es un proceso que necesita tiempo y no cuestión de una hora que un cadaver esté en un ataud cerrado en un funeral, tal vez más peligroso aunque tampoco lo sea realmente puede ser la exposición de cadaveres que se hace a veces en ataudes abiertos durante horas en tanatorios, mezclar cosas tan distintas como ablaciones con funerales como haces es ilógico y como otros disparates solo pone en evidencia que estas cargado de rencor y no de razón.
Que empanada mental manumenorca, que empanada mental llevas encima, cuanta razón tiene el que ha escrito que harías bien en aparcar un poco ese anticlericalismo decimonónico que te nubla poder tener una visión objetiva de las cosas y ser igual de tolerante y respetuoso con los sentimientos, ideas y creencias de todos tanto si son ateos, agnósticos, católicos, protestantes, budistas, etc. y entender que estas normas tienen que adaptarse y respetar la realidad social siempre que ello no suponga riesgo para la salud pública y permitir las despedidas y funerales de acuerdo con las últimas voluntades de los fallecidos y deseos de sus familias y también por lo tanto los funerales de cuerpo presente para los que quieren una despedida de esta forma, ya que no ha habido nunca ningún problema sanitario con este tipo de actos.
Idò el que ha de fer la Conselleria es llevar aquesta prohibició en el nou decret que està fent i problema resolt.
(sigue de...) en el parlamento, con un líder de un estado extranjero dogmatizando en gigantescas pantallas de plasma, arengas desde los púlpitos en tiempo de elecciones, hay que equilibrar la balanza... y consideración cinco: hace nada la propia iglesia desempolvaba un viejo dogma para intentar coaccionar, una vez más, a sus fieles para que no icinerasen y esparciesen a sus deudos... por lo que veo, muchos ven la paja en el ojo ajeno...
... consideración una: las leyes las hacen los ciudadanos y obligan también a las confesiones religiosas, ítem más si tocan temas de salud pública, porque un allegado cadáver no deja de ser un cadáver en putrefacción... consideración dos: en muchos pasos cebra se ven circulando bibicletas, y no por ser una costumbre de antiguo que se tolera, deja de ser una mala práctica que además está prohibida... consideración tres: los políticos están obligados a legislar en contra de las ceremonias religiosas en cuanto éstas interfieran en las vidas de los ciudadanos, sea la ablación del clítoris, el sacrificio halal sin anestesia previa, la segregación de sexos, la imposición del velo, las pausas para el rezo que paralizan el tráfico, la objeción de conciencia para suministrar preservativos,... si abrimos una puerta, se nos cuela todo el lote... consideración cuatro: estando en un estado laico, harto estoy de ver manifestaciones de obispos en contra de leyes votadas en el parlamento, (sigue)
Pues habrá que ponerle un suspenso o un muy deficiente al gobierno balear y su conselleria por insensibles y por hacer normas prohibiendo cosas respetables que no hay ninguna necesidad de prohibir. Son ganas que tienen de poner problemas donde nunca los ha habido.