La Audiencia Provincial de Palma de Mallorca ha ratificado la condena a Catalunya Caixa por haber vendido acciones preferentes a un cliente sin informarlo debidamente. El tribunal obliga a la entidad financiera a devolver los 25.000 euros que un empresario ciutadellenc había contratado en preferentes en el año 2011, más los intereses legales desde ese momento.
La sentencia, que reafirma la decisión del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Ciutadella, concluye que «no se advirtió al cliente de que podía perder toda su inversión, ni del peor o mejor estado de la situación económica de la entidad financiera». Además, el magistrado asevera que existía «un interés de la entidad financiera en colocar dichos productos a sus clientes», recordando que el empresario fue obligado a comprar esas preferentes a cambio de que se le concediera un interés más elevado en un depósito a tipo fijo. Si no contrataba las preferentes, el interés que recibiría de este depósito sería mucho menor.
La Audiencia reitera que «se trata de la colocación de un producto por la demandada (la entidad financiera) que la favorece al aumentar su capital, con vulneración de la obligación contenida en la normativa vigente de informar a su cliente». Además, destaca el hecho de que el cliente había solicitado una inversión conservadora, y en cambio el banco le «colocó» un producto que la propia entidad financiera describía como «agresiva».
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