Si se cumple el guión previsto, el juicio por el asesinato del hijo de Mónica Juanatey a manos de su madre quedará visto para sentencia en tres días. La Audiencia Provincial de Palma acogerá a partir de este lunes, día 22, y durante tres jornadas las declaraciones de 19 testigos, cinco médicos forenses así como la revisión de varias pruebas documentales y periciales. Al final, si todo discurre como está previsto, será el miércoles día 24 cuando el juicio se de por finalizado y todo quede en manos del jurado popular, la pieza clave en estos tres días.
Serán nueve las personas encargadas de analizar los actos que se imputan a Mónica Juanatey por parte del Ministerio Fiscal. En concreto, el fiscal Eduardo Norro la acusa de asesinato con alevosía, con el agravente del parentesco entre la presunta asesina y su víctima. En base a estos hechos, supuestamente producidos entre el 7 y el 11 de julio del año 2008, el fiscal pide una pena de 20 años de cárcel.
A partir de este escrito de acusación, y también de la petición de absolución por parte de la defensa de la acusada, este lunes comenzará el juicio. Al tratarse de una vista con jurado popular, el primer paso es precisamente la constitución de este tribunal. Según la Ley del Tribunal del Jurado del año 1995, la constitución podrá empezar siempre que asistan al menos veinte de los candidatos a formar el tribunal que previamente se hayan convocado.
QUIÉN FORMA EL JURADO
En este punto, cabe explicar que cada dos años, la Oficina del Censo Electoral realiza un sorteo a partir del cual se confecciona una lista de personas que puedan formar parte en algún momento de un tribunal popular. Los requisitos para ser candidato son ser español y mayor de edad, saber leer y escribir, residir en cualquier municipio de la provincia en que se ha cometido el delito, y estar en pleno ejercicio de los derechos políticos. Los procesados no pueden formar parte de un tribunal popular, así como tampoco los cargos políticos, ni profesionales del mundo de la justicia ni tampoco integrantes de las fuerzas de seguridad del Estado.
Realizado este sorteo, las personas seleccionadas pueden comprobar que lo han sido a través del BOIB o de las listas expuestas en los Ayuntamientos, y tienen un periodo de tiempo para alegar algún motivo por el cual no puedan cumplir esta función. Las excusas que sirven son ser mayor de 65 años, haber formado parte de un jurado en los cuatro años anteriores o tener un trabajo de interés general. Si se alegan otras causas, éstas serán analizadas y se decidirá de manera individual.
Para el juicio de Mónica Juanatey se ha recurrido a la lista de aspirantes de jurado surgida del sorteo celebrado en septiembre de 2010. En esa fecha, se seleccionaron 3.000 personas. El pasado mes de septiembre se realizó otro sorteo, en este caso para escoger a 2.000 personas, pero esta lista servirá para los casos que se juzguen a partir de enero de 2013. La diferencia entre el número de personas escogidas en 2010 y este año radica en la previsión de casos que van a ser juzgados mediante tribunal popular. Según la normativa, en estos sorteos bianuales se escogen tantas personas como resulte de multiplicar por 50 el número de juicios que se prevé vayan a enjuiciarse mediante el tribunal popular.
EL JURADO SE CONSTITUYE
Volviendo al proceso concreto de la próxima semana, decíamos que la constitución del jurado puede comenzar si se presentan en la sala veinte de las personas que han sido preavisadas y preseleccionadas para formar parte del jurado. A partir de ese momento, el magistrado-presidente de la sala interrogará a los candidatos para comprobar que cumplen los requisitos, algo que también podrán hacer tanto la defensa como la acusación. Incluso se podrán recusar algunos candidatos si así lo considera alguna de las partes.
En este punto, cabe recordar la importancia de la asistencia por parte de las personas que han sido seleccionadas para formar parte del jurado. Su no presencia en el día señalado puede comportar el aplazamiento del juicio si no se llega a los veinte candidatos, y además de una importante multa económica.
Suponiendo que se presenten como mínimo veinte candidatos, y que haya pasado la fase de interrogación y de verificación de la idoneidad de cada uno de ellos, deberán escogerse finalmente nueve, que serán los que formarán definitivamente el jurado, y otros dos que quedarán como suplentes. Esta elección se realiza mediante un sorteo clásico, en el que los nombres de los candidatos son introducidos en una urna y el secretario del juzgado sacará a mano, y una a una, las papeletas de los elegidos. Incluso después de este sorteo, tanto la acusación como la defensa podrán rechazar hasta a cuatro candidatos cada uno.
Finalmente, tras ser ejercido o no este derecho, el tribunal quedará constituido y sus integrantes jurarán o prometerán desempeñar su función "con imparcialidad, sin odio ni afecto, examinando la acusación, apreciando las pruebas, y resolviendo si son culpables o no culpables de los delitos objeto del procedimiento". Además, también prometerán guardar el secreto de las deliberaciones.
COMIENZA EL JUICIO
Una vez superada toda esta fase, se podrá iniciar el juicio oral. Está previsto que sea en la mañana del lunes cuando se produzca el interrogatorio de la única acusada en este caso, Mónica Juanatey. En este punto, el fiscal intentará comprobar la veracidad de su escrito de acusación. En él, Eduardo Norro asegura que entre las ocho y las once de la mañana de entre los días 7 y 11 de julio de 2008, la acusada ahogó intencionadamente a su hijo de nueve años en la bañera de su casa, por ese entonces en la calle Amazonia número 38 de Maó. Según prosigue el fiscal, introdujo el cuerpo del menor en una maleta roja de gran tamaño, y con el coche de su pareja, dejó la maleta en un barranco cerca de Binidalí, a ocho metros de la carretera. Pasaron más de dos años hasta que alguien localizó la maleta, el 23 de noviembre de 2010.
En base a estos hechos se interrogará a Juanatey. Está previsto que ya en la tarde del mismo lunes ese interrogatorio haya acabado y llegue el turno de las declaraciones de testigos. En concreto, están previstos doce en la tarde del lunes, entre ellos cinco agentes de la Policía Nacional.
Para el martes, está prevista la declaración de siete testigos más, así como varias pruebas periciales. En principio, la segunda jornada del juicio tendrá solamente sesión de mañana. Será el miércoles, si no hay cambios en el guión previsto, cuando comparezcan cinco médicos forenses. Estos especialistas deberán informar sobre si la acusada padece alguna enfermedad mental, algo que ya se descartó en primera instancia.
Tras la comparecencia de los forenses, llegará el momento de las conclusiones definitivas por parte tanto de la acusación como de la defensa, y se ofrecerá también un último turno de palabra a la acusada por si quiere hacer algún alegato. Todo esto, en principio, debe suceder por la mañana, y después ya llegará el turno del jurado popular.
LA DELIBERACIÓN
Cuando acabe el juicio oral, los nueve integrantes del jurado popular se retirarán a una sala para su deliberación. Deberán estar incomunicados del exterior, e incluso si necesitan un tiempo para descansar, deberán seguir incomunicados del exterior. Su único objetivo será analizar lo sucedido durante el juicio y emitir un veredicto. Para ello, se nombrará un presidente, que será la primera persona que fue elegida en el sorteo para la constitución del tribunal.
Para determinar si la acusada es culpable o no culpable (no se utiliza el término inocente, sino no culpable), cada uno de los nueve integrantes del jurado (siempre reunidos en la sala incomunicada) deberá votar en voz alta y por orden alfabético. El último en votar será a quien se haya elegido como portavoz. Ninguno de los jurados podrá dejar de votar, y si se abstiene, se considerará que vota como no culpable.
Para votar, los integrantes del jurado analizarán cada uno de los hechos que el magistrado requiera. Los miembros del jurado popular deberán decidir si consideran probados o no los hechos. Para que un hecho contrario al acusado se considere probado se necesitarán al menos siete votos de los integrantes del jurado, y para que se consideren probados actos favorables al acusado, solamente cinco. En cuanto se haya analizado si los hechos han quedado demostrados o no, después deberá votarse si se considera que la acusada es culpable o no culpable de los mismos.
LA SENTENCIA
Una vez el jurado haya emitido su veredicto, tocará al magistrado que preside el juicio dictar sentencia. Si el veredicto del tribunal popular fuera de inculpabilidad, el juez dictará en el acto sentencia absolutoria y se la dejará en libertad. Si, en cambio, se le considera culpable, las diferentes partes informarán sobre las penas que consideran deben aplicarse y, en su caso, si existe responsabilidad civil que saldar. A partir de aquí, será el magistrado quien finalmente dicte la condena final.
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