El Tribunal Supremo ha desestimado el incidente de nulidad que el Consell presentó después de no admitirse el recurso de casación contra la sentencia que le obliga a pagar a Cesgarden 16,1 millones más los intereses desde el 25 de abril de 2003 por los perjuicios que sufrió la promotora con la entrada en vigor del Plan Territorial Insular.
Así lo confirmó ayer el conseller de Ordenación del Territorio, Cristóbal Huguet. quien manifestó que "la posible denegación ya estaba contemplada en la propuesta de acuerdo aprobado en el pleno de mayo".
Pero el Consell no da por perdido el caso. Tras la unánime aprobación en el pleno de la iniciativa para solicitar alternativas al pago en efectivo, el Consell ya ha presentado ante el Tribunal Superior de Justicia de Balears un nuevo incidente de nulidad sobre la sentencia. Y además, y de forma paralela a este recurso, incidente de ejecución.
El abogado que defiende a la institución insular en los contenciosos contra el PTI, Luciano Parejo Alfonso, afirma que "era de esperar que el Tribunal Supremo desestimara el incidente de nulidad sobre la inadmisión del recurso de casación" puesto que se trata, según el letrado, de un "recurso marginal". Es más, la ley obliga a cumplimentarlo si la parte implicada quiere avanzar en el Tribunal Constitucional.
Con este nuevo revés, el Consell ha agotado las vías ante el Tribunal Supremo. De ahí que la defensa haya planteado ante el propio Tribunal Superior de Justicia incidente de nulidad, esta vez sobre la sentencia, no sobre el recurso de casación rechazado por el SUpremo.
En paralelo a este recurso, interpuesto por considerar que hay suficiente base jurídica para demostrar que la propiedad afectada no tiene derecho a ser indemnizada, la defensa del Consell ha presentado incidente de ejecución.
El plazo que marca la ley para ejecutar voluntariamente la sentencia acaba hoy. Ante el grave trastorno que supondría el pago de la indemnización para la hacienda pública poniendo en riesgo servicios esenciales, la defensa ha solicitado "dentro de plazo" este incidente de ejecución para que, en caso de que el otro proceso no llegue a buen puerto (en caso contrario, es decir, que sea estimado el incidente de nulidad, la sentencia no avanzaría y el incidente de ejecución ya no sería necesario), la Sala resuelva llegar a un acuerdo con la promotora mediante la subscripción de un convenio urbanístico que aminore el lastre que supondría para las arcas este pago a Cesgarden.
El abogado del PTI -uno de los más reputados a nivel estatal en derecho administrativo- indica a su vez que la propiedad de las parcelas afectadas solicitó la ejecución forzosa de la sentencia, "un trámite que debe presentarse una vez vencido el plazo voluntario, pero no con anterioridad".
Para Parejo, el Consell ha actuado muy diligentemente.
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