El Ayuntamiento de Maó ha subrayado la legalidad y transparencia en la tramitación del expediente que finalizó con la demolición parcial de la terraza del bar-restaurante Sa Sargantana. El expropietario del mencionado local presentó anteayer una denuncia en el Juzgado de Instrucción número 3, de Maó, por presuntos delitos de prevaricación y de exacciones ilegales contra el alcalde de Maó, Vicenç Tur, los tenientes de alcalde Àngels Andreu, Gari Petrus y Mateu Llabrés, y la tesorera interina Encarnación Mudarra.
El equipo de gobierno argumenta que los hechos denunciados por el empresario "no tienen fundamento ni se ajustan a la realidad", puesto que en ningún momento se concedió la ampliación de la terraza solicitada. "Según la legislación vigente, en los casos en que se solicita la licencia de ocupación de vía pública el silencio administrativo no se puede considerar positivo, sino todo lo contrario. A pesar de ello, el denunciante sí que, omitiendo la negativa municipal, ocupó el espacio que había solicitado y sobre el cual no disponía de la preceptiva licencia de ocupación".
El Ayuntamiento señala que se reunió con todos los propietarios ante la necesidad de reordenar los espacios de ocupación de vía pública en las terrazas de la Plaça Bastió, llegándose a la determinación de que dichas terrazas solo podían ocupar el espacio correspondiente a la fachada de cada local. "El único establecimiento que no cumplía con esta normativa era el del denunciante, por lo que el Ayuntamiento requirió la corrección de esta anomalía durante los plazos y prórrogas posteriores para que se hiciera efectiva la retirada de las partes que invadían derechos ajenos".
Ante la negativa de regularizar la situación y la posterior petición del propietario alegante, la brigada municipal procedió a la retirada parcial de la terraza del local que excedía de la superficie permitida. "Simultáneamente, se recolocaron las mesas para que el espacio de la terraza fuera de 20 metros cuadrados, medida que correspondía con la anchura de la fachada".
Por último, el Ayuntamiento precisa que los cobros a los que se refería el denunciante corresponden a la obligación municipal por la ocupación de la vía pública, cuya exención hubiera supuesto el fomento de la competencia desleal entre empresarios de una misma zona. Por otra parte, asegura que el embargo del que hace alusión el denunciante, con el precinto del vehículo de su propiedad, "se corresponde al impago continuado de hasta 98 multas de tráfico".
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