Unió des Poble de Ciutadella y la Associació en Defensa de sa Propietat piden al Ayuntamiento que tramite la apertura de un nuevo expediente a la UTE funeraria por negarse a remitir el listado de las exhumaciones de cadáveres realizadas durante los ocho primeros meses de 2005. La instancia, a la que se dio ayer registro de entrada en las oficinas municipales, se apoya en diversos artículos de la ordenanza municipal reguladora de la prestación de servicios funerarios, en especial los que se refieren a las obligaciones de las empresas funerarias.
La normativa obliga, en concreto, a la concesionaria del servicio a "llevar un registro de los servicios prestados, con las indicaciones que pueda establecer la Administración sanitaria y el Ayuntamiento", tales como la fecha del servicio, la descripción del mismo, los datos del peticionario, la identificación del difunto y el importe del servicio, IVA incluido. En el mismo articulado, se indica que las empresas deberán poner esta información disposición de las autoridades y de los funcionarios de la corporación.
No es éste, sin embargo, el único punto de la ordenanza de servicios funerarios en los que se fundamenta el escrito rubricado por la Associació en Defensa de sa Propietat y UPCM. En los primeros artículos, se explicita claramente que el Consistorio debe "velar para que las empresas funerarias de titularidad privada presten sus servicios bajo coordinación y dentro del ámbito señalado en el reglamento de policía sanitaria mortuoria aprobado por Decreto 105/97 y la presente ordenanza, adoptando a estos efectos todas las medidas legales y reglamentarias que se consideren necesarias o adecuadas, especialmente cuando se trate de preservar o restablecer los derechos de los usuarios". Como se recordará, el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Ciutadella instruye diligencias contra la actual concesionaria del servicio, por una presunta estafa relacionada con el cobro fraudulento de permisos de exhumación que no se solicitaron jamás, o que se obtuvieron de forma extemporánea. Recientemente, la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) ha condenado a la UTE a pagar 171.000 de multa a la Conselleria de Salud por 19 infracciones graves.
Siete de ellas tienen relación con la exhumación de restos cadavéricos sin la autorización del alcalde. La propia empresa admitió en septiembre de 2005 que durante los primeros ocho meses del año realizó exhumaciones sin recabar en ningún caso el correspondiente permiso de la autoridad municipal. La UTE ha sido requerida en los últimos meses hasta en dos ocasiones por el Ayuntamiento para que le remita el listado con las exhumaciones que se realizaron en ese período, pero se ha negado verbalmente a hacerlo, asegurando que ya aportó esta documentación en 2006.
La ordenanza de servicios en vigor es clara, a este respecto, al asegurar que la empresa prestadora debe responder del correcto funcionamiento del servicio y de los precios que se apliquen, así como presentar trimestralmente una memoria explicativa, "con el apoyo documental que sea necesario", relativa a la explotación del servicio. La propia ordenanza garantiza al solicitante del servicio el derecho a recibir "el asesoramiento imprescindible para garantizar el proceso correcto hasta la exhumación o incineración" del cadáver. Este asesoramiento incluye, según se hace constar en la normativa, la información "sobre trámites legales"; o, sea, sobre los requisitos y prácticas exigibles a la empresa.
El presidente de la Associació en Defensa de sa Propietat, Joan Pons Florit, explicó, en declaraciones a "Es Diari", que la ordenanza en vigor "da herramientas suficientes" al Ayuntamiento para ejercer las funciones de inspección y control de las actividades funerarias, entre ellas la de "solicitar información verbal y escrita en relación a la actividad inspeccionada".
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