TRIBUNALES

El Supremo rechaza el recurso del Govern contra la sentencia que anulaba los cierres durante el COVID

La decisión abre la puerta a que empresarios de Punta Ballena o la 'calle del Jamón' reclamen por daños

El cierre de determinadas calles de Magaluf y de Platja de Palma provocó protestas mientras se reabrían otros negocios. | Michel's

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El Tribunal Supremo ha rechazado por una providencia el recurso que presentó el Govern contra la sentencia que declaraba nulo el cierre de Punta Ballena, la calle del Jamón y otras zonas turísticas durante el verano de 2020 por la pandemia. Las asociaciones de ocio Abone y Acotur presentaron un recurso contencioso contra la decisión que clausuró las zonas más concurridas de Magaluf y Platja de Palma que ese verano no pudieron reabrir. Consideraba que esa decisión no estaba suficientemente justificada al carecer de informes y datos que justificaran su proporcionalidad y pertinencia cuando no se adoptó la misma medida en otras zonas. Era el primer verano de pandemia con la tardía reapertura parcial de la actividad turística.

La decisión del TSJIB fue recurrida por el Govern. Sin embargo, el Supremo la ventila con una mera providencia que considera que no se cumplen con los requisitos para examinar siquiera el fondo del recurso de casación.

La firmeza de la sentencia que anulaba la medida de cierre da ahora pie a los empresarios afectados a poder plantear una compensación al Govern. Para ello, tendrían que iniciar un expediente nuevo de reclamación por responsabilidad patrimonial de la administración desde cero y acreditar los daños que les produjo la medida y en qué medida redujo su facturación en un ejercicio complicado como 2020. El Tribunal Supremo hasta ahora ha rechazado todas las reclamaciones similares por la nulidad del estado de alarma.