Los dos informes están firmados por el vocal José Antonio Montero, magistrado de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo y han sido ratificados por el máximo órgano de gobierno judicial la semana pasada. Responden a las reclamaciones formuladas por un funcionario de Cort y un agente de la Policía Local. El primero fue detenido y encarcelado durante 66 días por orden del juez instructor del caso, Manuel Penalva. Fue absuelto en el juicio y se sobreseyó otra causa contra él de forma libre, es decir, por no existir delito alguno. El agente de la Policía Local también estuvo en prisión preventiva por orden de Penalva durante dos meses. En su caso ni siquiera llegó a ser acusado y se acordó el sobreseimiento libre de las actuaciones respecto a él.
En las dos situaciones, buena parte de los argumentos que empleó Penalva para justificar su ingreso en prisión derivaban de declaraciones de un narcotraficante reincidente: ‘El Ico’. Este está ahora mismo pendiente de ser juzgado por mentir durante la instrucción y forzar prisiones preventivas con declaraciones falsas. La Fiscalía le reclama una condena de 52 años de prisión.
Según el informe del Consejo, el primer motivo para aceptar que se produjo un funcionamiento anormal de la Administración de Justicia está en esas prisiones preventivas que luego no dieron lugar a acusaciones formales en juicio.
Los informes apuntan a un segundo motivo que daría pie a indemnizar a los afectados: la publicidad que tuvo el procedimiento y que, a pesar de que la causa estaba declarada bajo secreto, sus identidades trascendieron. En ese sentido, el Consejo apunta en concreto a que fueron registradas imágenes de ambos durante sus pases a disposición judicial. El órgano señala: «Existía, así, un protocolo policial cuyas reglas cabe inferir que no se observaron en el presente caso, lo que propició la captación de las imágenes del reclamante en el exterior de los Juzgados de Palma de Mallorca acompañado por un agente policial y esposado, y todo ello cuando las actuaciones se encontraban bajo secreto de sumario». De ahí, los informes concluyen que se produjo un funcionamiento «anormal» de la administración de Justicia.
Las reclamaciones de responsabilidad patrimonial fueron presentadas ante el Ministerio y han sido ya llevadas ante la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional ante una posible desestimación por silencio administrativo. El CGPJ no entra en la cuantía de la indemnización.
9 comentarios
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Efectivamente: Mucho ANORMAL había en dicho caso y posterior "paripé" judicial. PD: Mucho ánimo a los verdaderos afectados injustamente.
Con un fiscal General del Estado sentado en el banquillo de los acusados por un presunto delito, como puede ir la justicia en España y que esperamos de ella?
Ya no se puede fiar uno ni de la justicio , que verguenza y que ascazo .
Ja se diu que "qui té bo, vola, i qui no, redola". No molestem als narcos que són els que suministren les discoteques de s'Arenal i Magaluf, és que ningú pensa en l'oferta complementària?
Deberían resaltar el indudable apoyo político que recibían de la izquierda más sanguinaria del ayuntamiento.
Esto fue corrupción y persecución Progresista en contra de Cursach. La envida es muy mala.
Este asunto es de extrema gravedad. La peor instrucción y el peor proceso penal de la historia de Baleares, con consecuencias gravísimas para los procesados absueltos, que recordemos que estuvieron más de un año en prisión preventiva. El daño psicológico es vitalicio, no se puede reparar.
Durante un tiempo, en fase de instrucción, se rifaban estancias en prisión sin necesidad justificación, bastaba la acusación de testigos más que dudosos y la orden de un juez instructor. Ahora, con sentencia dictada, parece complicado que los dos condenados cumplan la condena entre dilaciones, recursos y oscurantismo.... definir el funcionamiento como 'anormal' se queda muy corto.
Anormal dice el CGPJ, más que anormal el procedimiento fue ilegal, ninguna indemnización puede compensar un solo día de prisión por la cara. No hay más preguntas Señoría. Pa flipar!