En un auto dictado este martes, Castro ha decretado el sobreseimiento provisional y archivo de la pieza separada número 28 del caso Palma Arena, que abrió en febrero del año pasado, ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Baleares.
La Fiscalía Anticorrupción había solicitado el archivo el pasado octubre. Por su parte, la Abogacía de la comunidad autónoma de Baleares alegó que carecía de legitimación para ejercer la acción penal en esta causa por la supuesta financiación ilegal del PP con fondos de un particular que presuntamente los donaba para conseguir contratos de otra administración, el Ayuntamiento de Palma.
En el auto, Castro ha recordado que el exconcejal de Urbanismo de Palma Javier Rodrigo de Santos (PP), que declaró como testigo en esta investigación, explicó que el empresario Antonio Pinal le había reprochado en una cena que optar a rehabilitar Sa Gerreria, un barrio de la capital balear, le había costado el pago de la sede del PP de Palma.
Además, el extesorero del PP nacional Luis Bárcenas declaró ante Castro que Pinal fue un donante que ayudó al partido a petición del propio PP, como hicieron otros constructores, con donativos que nunca fueron finalistas.
En el auto, Castro coincide con la Fiscalía en que esos testimonios no han sido refrendados por datos objetivos, aunque les concede «una credibilidad incomparablemente superior a la que cabría otorgar» al expresidente del Govern Jaume Matas y al propio empresario Pinal, a quienes citó a declarar como investigados y prefirieron «dar la callada por respuesta», ya que se acogieron a su derecho a no declarar.
Castro recuerda en el auto que el exgerente del PP balear y cuñado de Matas, Fernando Areal, fue condenado el año pasado por delito electoral, por la financiación ilegal del partido, con lo que no hay duda de que dicha organización contaba «con un sistema de financiación estructurado sobre una duplicidad de cajas y contabilidades».
Sobre la causa que este martes archiva puntualiza que «deviene imposible despejar las sospechas» de si la financiación de la sede del PP tuvo «un claro carácter finalista, bien como contraprestación a contrataciones públicas de que se beneficiaron sus donantes o como comisión a cuenta de las que el futuro les depararía».
El magistrado considera «obligado» atender a la petición de archivo de la Fiscalía al no existir «actitud netamente acusatoria», por economía procesal y sin entrar en el fondo del asunto.
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