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La Confederación Española de Asociaciones de Padres y Madres de Alumnos, COAPA Balears, interpondrá ante el Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares (TSJIB) un recurso contencioso administrativo contra la orden de desarrollo del decreto de Tratamiento Integrado de Lenguas (TIL).

COAPA informa de que esta demanda, que ya se había anunciado por parte de la confederación, estaba pendiente de las conclusiones de un informe jurídico que había encargado a la Universidad de las Islas Balears (UIB) para iniciar las acciones judiciales «con suficientes garantías».

El informe de la UIB, sobre la orden de la Consellería de Educación, de 9 de mayo, por la que se desarrollan determinados aspectos del TIL en los centros docentes no universitarios, concluye que en el procedimiento de su elaboración falta el informe preceptivo de algunos órganos e instituciones consultivas.

«Esta carencia constituye un vicio relevante del procedimiento afecta a la validez de la norma reglamentaria», destaca.

Sobre la habilitación de la consellera de Educación, Joana Maria Camps, para dictar la orden analizada, el informe dice que debe entenderse que el decreto Ley 5/2013 agota su vigencia en el curso 2013-14 por voluntad del autor de la disposición, con lo que esta orden «es inválida ya que no tiene habilitación para regular la materia a la que se refiere».

La implantación de un sistema integrado de lenguas que impone una extranjera como vehicular para la enseñanza de disciplinas no lingüísticas «no encaja con los principios fundamentales de la enseñanza plurilingüe que establece la Lomce, que es norma básica del Estado aprobada y publicada antes del inicio de la tramitación de la orden», añade.

El documento precisa que el principio de universalidad del TIL impide que los centros puedan tomar decisiones, según sus necesidades, sobre el desarrollo y complemento de su currículum «dada la rigidez y detallismo sobre la determinación horaria en relación a las lenguas en que se ha de impartir la docencia».

Los alumnos que habrán tenido unas condiciones de formación distintas por el TIL, deberán someterse a pruebas comunes en todo el Estado que pretenden garantizar la igualdad para obtener títulos académicos y se encontrarán en situación desigual ante el resto de alumnos del Estado; con lo que, según la UIB, si la normativa autonómica genera desequilibrios respecto a la regulación básica del Estado y no se corrige, se vulnera el principio de igualdad.

En la medida en que se establece la igualdad horaria entre las dos lenguas, la orden contradice la ley de normalización lingüística de rango superior, con lo que afecta también, detalla el informe, al principio de jerarquía normativa, lo que provocaría la nulidad de pleno derecho de los preceptos afectados.

La concreción de la orden sobre el equilibrio entre lenguas ignora la línea jurisprudencial ya que plantea el logro del mismo en cuanto a los resultados de la enseñanza y no como un apriorismo aritmético como pretende la orden, resalta.

«Una cosa es la convivencia de dos lenguas en plena igualdad jurídica y la otra dar el mismo tratamiento a las dos, cuando una de ellas no está en plena igualdad con la otra», incide el documento.

Ante esta exposición de motivos, COAPA, «considera necesario emprender actuaciones ante los tribunales», ya que «queda bastante claro, incluso para alguien no especialmente versado en la materia, que esta orden tiene graves carencias que afectan a su legalidad».

El objetivo de la demanda es «evitar las graves consecuencias que sobre los derechos de los nuestros hijos puede tener su aplicación», dice la COAPA, que pide la suspensión cautelar de la orden de desarrollo.