Tras la denuncia de la Asociación Internacional de Transporte Aéreo (IATA), la Asociación de Aerolíneas Regionales Europeas (ERA) y Airlines for Europe (A4E), la Comisión Europea emprenderá «un intercambio informal de información» con España «sobre cuestiones relacionadas con el posible incumplimiento de la legislación de la UE», que permitirá a Bruselas evaluar si hay motivos para iniciar un procedimiento formal de infracción.
Bajo el mecanismo «EU Pilot», España tiene ahora diez semanas para responder y, una vez lo haga, el Ejecutivo comunitario dispondrá de diez semanas adicionales para evaluar la situación y decidir si le abre un expediente que puede culminar ante la justicia europea y con multas económicas. El mecanismo «EU Pilot» está previsto, según la web de la Comisión Europea, para casos de posible infracción de la legislación europea en la que Bruselas considera que es muy posible resolver el asunto mediante el diálogo y sin llegar a una apertura de un procedimiento de infracción.
Las fuentes comunitarias señalaron que la Comisión «apoya de manera general las medidas de protección del consumidor en línea (...) siempre y cuando que estas cumplan con la libertad de fijación de precios y transparencia de precios». Esta libertad para fijar los precios que contempla el reglamento de servicios aéreos ha permitido «una reducción de los costes de los servicios aéreos para los consumidores al permitir a las compañías aéreas competir más eficazmente mediante diversas estrategias de precios y ofertas de productos adaptadas».
La multa, impuesta el pasado mes de noviembre en España, supuso la primera ocasión que se da firmeza a sanciones calificadas como muy graves por parte de la Administración General del Estado en el ámbito de consumo, cuyo ministerio adquirió competencia sancionadora en junio de 2022. La sanción más elevada es para Ryanair con 107,8 millones de euros, seguido de Vueling, con 39,3 millones; Easyjet, con 29,1 millones; Norwegian, con 1,6 millones, y Volotea con 1,2 millones.
En concreto, se las sanciona por exigir el pago de un suplemento por el transporte de equipaje de mano en cabina, de un sobrecoste sobre el precio del billete por la reserva de asientos contiguos en el caso de menores y personas dependientes y de sus acompañantes, y por no permitir el pago en metálico en los aeropuertos españoles.
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La realidad es que no investiga directamente la multa a las aerolineas españolas, simplemente la Comisión Europea ha solicitado a España información sobre la multa que el Ministerio de Consumo impuso a las compañías aéreas Ryanair, Vueling, Easyjet, Norwegian y Volotea por sus prácticas abusivas: ¡¡Cobrar por el equipaje de mano, los asientos o pagar con efectivo!!. Bruselas simplemente ha iniciado un “intercambio informal de información” en el marco del diálogo "UE Pilot" a raíz de una queja interpuesta por las asociaciones de las compañías aéreas. ¿Cobra Ryanair por elegir el asiento? pues si: Según la fila y el asiento entre 4,50 € y 33 € y si piden asientos familiares con un menor de 12 años ¡Que obligatoriamente tienen que ir al lado del progenitor, pues entre 6 y 10 € más!! ¿Y que dice la Ley? pues que no estás obligado pagar por tu asiento, pues cuando compras un vuelo ya tu asiento está incluido y puedes elegirlo. Respecto al equipaje de mano Ryanair hasta 10 kg, cobra de 6 € a 36 € en el momento de la reserva, de 20 € a 60 € si se añade más tarde ¿Y que dice la Ley? el artículo 97 de la Ley 48/1960 de Navegación Aérea indica que el transporte de equipaje de mano hasta 10 kg ¡DEBE SER GRATUITO! ya que se considera imprescindible para el viajero. Además las dimensiones del equipaje de mano son de 55 cm x 35 cm x 25 cm y en Ryanair lo cambian por 40 cm x 20 cm x 25 cm y La Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios (LGDCU) establece que negarse a aceptar el dinero en efectivo como medio de pago es una infracción que se puede sancionar con multas de 150 a 100.000 euros. Ahí lo dejo ¡Piratas!