El Juzgado de Vigilancia Penitenciaria 5 de Catalunya ha acordado este martes anular la progresión a tercer grado de los presos del 1-O en Lledoners (Barcelona), al estimar el recurso que la Fiscalía presentó en contra de su semilibertad.
Los autos, consultados por Europa Press, revocan la semilibertad para Oriol Junqueras, Raül Romeva, Josep Rull, Jordi Turull, Jordi Sànchez, Jordi Cuixart y Quim Forn; mientras que el Juzgado con competencias sobre las prisiones de Wad-Ras (Barcelona) y Puig de les Basses (Girona) decidió mantener provisionalmente la semilibertad para Dolors Bassa y Carme Forcadell y aún tiene que tomar la decisión final sobre ellas.
Hace dos semanas, el mismo juez, en sustitución de la magistrada encargada habitualmente de Lledoners, rechazó suspender cautelarmente la progresión a tercer grado como pidió la Fiscalía, y les mantuvo en tercer grado hasta tomar la decisión sobre el fondo del asunto, que ha publicado este martes.
Esta decisión anula la concesión de tercer grado, que propusieron por segunda vez los funcionarios de Lledoners y ratificó la Generalitat, y al que la Fiscalía se opuso usando los mismos argumentos que ya esgrimió con la primera propuesta de semilibertad, hace seis meses, y que finalmente tumbó el Tribunal Supremo (TS).
El juez considera, como sostuvo el fiscal, que la semilibertad es «incompatible con los fines retributivos y de prevención» que se asocian a las penas de cárcel y mantiene que, con condenas de hasta 13 años, es pronto para concederles el tercer grado aunque ya hayan cumplido una cuarta parte de la pena.
«Como igualmente pone de manifiesto el Ministerio Público, la progresión a tercer grado en fases tan iniciales de cumplimiento de la pena se traduce de facto en un modo de alterar la decisión condenatoria de la sentencia y su efectivo cumplimiento», considera el magistrado al compartir los argumentos de Fiscalía, y tacha de prematura la propuesta de las prisiones.
La argumentación del juez recalca que «tiene que transcurrir tiempo suficiente para que el tratamiento penitenciario produzca sus efectos, lo que se entiende que no ha ocurrido» en el caso de los presos del 1-O.
El juez también admite el argumento de Fiscalía al criticar que los informes de la Junta de Tratameinto de Lledoners «sólo hacen referencia asépticamente a que el interno reconoce haber realizado los hechos declarados en la sentencia y asume su responsabilidad, lo que no implica que el interno tenga conciencia de que con dichas acciones se haya cometido un delito», y considera que no han asumido ni un poco el delito por el que fueron condenados.
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