Se trata de la primera vez que el tribunal de garantías se pronuncia sobre una medida inédita a la que el Senado dio vía libre horas después de que el Parlament aprobase la Declaración Unilateral de Independencia (DUI), en cuyo preámbulo se declaró un «Estado independiente en forma de república», anulada por el TC a los pocos días. Y lo ha hecho por unanimidad de sus doce magistrados en sendas sentencias que se conocerán en los próximos días.
En ellas, el pleno ha desestimado en su práctica totalidad los recursos de inconstitucionalidad que presentaron el Parlament de Cataluña y 50 diputados de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea contra el acuerdo de la cámara alta.
El pronunciamiento del TC supone el aval a la aplicación del artículo 155 de la Constitución, por el que el Ejecutivo central destituyó al expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont y a todos los miembros de su Govern, limitó el Parlament y asumió el mando de los Mossos, entre otras medidas.
Según los fallos adelantados por el TC, los jueces estiman parcialmente el recurso que presentó Podemos en diciembre de 2017 en relación a las publicaciones en los boletines oficiales.
En concreto, anulan la parte del acuerdo del Consejo de Ministros que privaba de efectos la publicación en el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña o en el Boletín Oficial del Parlamento de Cataluña de disposiciones normativas o actos sin autorización del Gobierno o en contra de lo dispuesto por éste.
En relación al recurso del Parlament, presentado en enero de 2018, el TC ha acordado inadmitirlo parcialmente en relación a «todas las disposiciones» que se dictaron «en desarrollo o como complemento o adicción» de las medidas aprobadas por el Senado.
A la espera de conocer íntegramente los argumentos de sendas sentencias, la decisión de los doce miembros del Tribunal Constitucional -máximo intérprete de la Constitución- supone un espaldarazo a la medida tomada por el Ejecutivo central, con el aval del Senado, en pleno desafío soberanista catalana.
2 comentarios
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Si els indepes no n' estan conformes, poden recórrer a la Justícia europea jijijiji
Llegir aquesta noticia de la EFE a altres diaris es llegir una noticia diferent. El que no diu la EFE es que la aplicació del 155 solament pot ser temporal i no permanent com volien PP, C's i VOX, que no pot suspendre l'autonomia i que solament es aplicable en casos molt determinats i que també recujll punts dels recursos presentats pel Parklament de Catalunya. O sigui que EFE desinforma en ves d'informar.