José Ortega Cano, durante el juicio.

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La juez que condenó al torero José Ortega Cano a dos años y medio de cárcel por un accidente de tráfico mortal ha rechazado su petición de que se aplace el encarcelamiento mientras se tramita el indulto, ha informado a Efe el despacho de su defensor.

En una resolución notificada este jueves, la juez de lo penal 6 de Sevilla ha accedido a la petición de la Fiscalía y la acusación particular de que Ortega Cano ingrese en prisión, ya que no concurre ninguna de las causas previstas en la ley para suspender la medida.

La juez dice que con su petición, Ortega Cano solo intenta dilatar el procedimiento y que en el hipotético caso de que ingrese en prisión y el Gobierno decidida en unos meses concederle el indulto solo habrá cumplido una parte mínima de la pena.

Respecto a los motivos de salud alegados por el torero, la juez responde que en todas las prisiones españoles hay unos buenos servicios médicos.

El auto no precisa ninguna fecha para cumplir el ingreso en prisión, por lo que fuentes del caso interpretan que de manera inminente le requerirán para que lo haga.

Ortega Cano fue condenado a dos años y medio de cárcel por un accidente de tráfico ocurrido en mayo de 2011 en el que murió una persona y cuando conducía con una alcoholemia triple de lo autorizado.

El abogado del torero ha pedido el indulto y la suspensión del ingreso en prisión mientras se tramita su recurso ante el Tribunal Constitucional contra la sentencia de la Audiencia de Sevilla.

Dicha sentencia aumentó los delitos de homicidio por imprudencia y contra la seguridad vial a que fue condenado en el juzgado penal 6 con otro delito por conducir borracho, aunque mantuvo la misma pena de dos años y medio de cárcel.

Cuando recogió la sentencia de la Audiencia de Sevilla, en diciembre pasado, el abogado del torero, Enrique Trebolle, justificó sus peticiones en «la dimensión y la importancia del precedente que va a sentar» la futura sentencia del Tribunal Constitucional.

El letrado criticó entonces el «dislate procesal» que, a su juicio, constituía la sentencia de apelación y porque Ortega Cano «ha dado pruebas de estar en todo momento a disposición del tribunal».