Novedad. El nuevo marco laboral contempla el desarrollo del teletrabajo - Archivo

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La ley de la reforma laboral aprobada por el Congreso de los Diputados el pasado 28 de junio entra en vigor mañana después de su publicación hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

El Gobierno aprobó un real decreto en Consejo de Ministros el pasado 10 de febrero que entró en vigor días después y que posteriormente ha sido modificado a su paso tanto por el Senado como por el Congreso, con la introducción de 85 enmiendas.

La norma establece que la indemnización por despido improcedente en el caso de los contratos indefinidos será de 33 días por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades, mientras que la del despido procedente será de 20 días por año trabajado, con un máximo de un año de salario.
despidos

Las empresas podrán acogerse a despidos objetivos por causas económicas (20 días por año trabajado) cuando de los resultados de la empresa se desprenda una situación económica negativa, como la existencia de pérdidas actuales o previstas o la disminución persistente de su nivel de ingresos o ventas. En todo caso, se entenderá que es persistente si se produce durante tres trimestres consecutivos.

Además, la reforma recuperará a partir del 1 de enero de 2013 el límite al encadenamiento de contratos temporales eliminado por el anterior Gobierno, y extingue la autorización laboral administrativa que se requería en los despidos colectivos.
contratación indefinida

La ley aspira a fomentar la contratación indefinida de jóvenes y de parados de larga duración con bonificaciones de hasta 4.500 euros, regula por primera vez el teletrabajo, facilita el descuelgue de los convenios y la modificación de las condiciones laborales, y modifica el contrato estable a tiempo parcial y el de formación y aprendizaje.