Seguridad vial. La limitación ya no vale en autopistas y autovías - archivo

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El Gobierno reconoce que obligar a los conductores noveles a conducir a un máximo de 80 km/h en todo tipo de carreteras no tiene ningún sentido. Así que desde hoy en autopistas y autovías podrán alcanzar la misma velocidad que los demás conductores, 110 km/h. En la orden ministerial que modifica ese límite, el Ejecutivo recuerda que esa velocidad máxima se estableció en 1974, en una época en la que las carreteras eran mucho peores y los coches menos seguros. En todo caso, se mantiene la obligación de llevar la 'L' durante el primer año con carné.

La obligación de conducir como máximo a 80 km/h que tenían los conductores noveles desde 1974 durante su primer año con carné desaparecerá a partir de hoy sábado. Desde ese día, podrán circular como el resto de los conductores a un máximo de 110 km/h en autovías y autopistas. El Ejecutivo argumenta en la orden ministerial que regula la nueva medida que la obligación de no rebasar los 80 km/h se estableció en el año 1974, cuando existían unas condiciones en las vías públicas "muy diferentes a las de ahora".

En esos años, la red de carreteras contaba con muy pocas autopistas y autovías y las carreteras secundarias tenían un firme muy deteriorado y con escasas conexiones principales. Sin embargo, en la actualidad, en España hay más de 12.000 kilómetros de carreteras principales, autovías y autopistas, que se han construido utilizando las últimas técnicas en materiales y trazado, lo que contribuye a que sean más seguras y "deja obsoleta la limitación de velocidad en 80 kilómetros por hora para los conductores noveles".

"Resulta un contrasentido que en las autopistas y autovías, en las que no se puede circular a menos de 60 kilómetros por hora, por motivos de fluidez del tráfico, se obligue a determinados conductores a circular a una velocidad sólo ligeramente superior", explica el Gobierno en la orden ministerial.