El Tribunal Supremo no suspenderá de momento la limitación de velocidad a 110 km/h, que rige en las autovías y autopistas españolas desde el pasado lunes 7 de marzo. Así se lo han pedido la empresa de gestión de multas 'Dvuelta' y la plataforma 'Movimiento 140' en un recurso en el que aseguran que la medida es ilegal.
En cambio, el Supremo esperará a consultar con el Gobierno porque no hay "razones de especial urgencia" para levantar la prohibición. Estas dos entidades han denunciado que el único criterio válido para reducir la velocidad es la seguridad vial, pero no el ahorro energético, que es lo que se argumenta.
La empresa de gestión de multas 'Dvuelta' y la plataforma 'Movimiento 140' presentaron el pasado lunes un recurso contra la decisión del Gobierno de limitar la velocidad máxima en autovías y autopistas a 110 km/h. Ambas entidades pedían además la suspensión de la medida de manera cautelar con carácter "provionalísimo", es decir, antes de escuchar a las partes.
Sin comentarios
Para comentar es necesario estar registrado en Menorca - Es diari
De momento no hay comentarios.