Los propietarios de vehículos de Palma ya pueden pagar el impuesto de circulación. | Pilar Pellicer

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Los ciudadanos de Palma ya pueden pagar el impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (IVTM) y la tasa por servicios relativos al tratamiento de residuos sólidos urbanos (TRSU). En concreto, pueden hacerlo en periodo voluntario hasta el próximo 31 de mayo. Una vez transcurrido este plazo, se iniciará el periodo ejecutivo, lo que supone un recargo en el importe del recibo y, en su caso, de los intereses de demora y de las costas que se produzcan.

Desde el Ajuntament de Palma han recordado que «no se remiten avisos de pago en papel». Los palmesanos que tengan que hacer frente al abono de estos tributos pueden obtener los recibos y pagarlos en del Cartero Virtual de la Agencia Tributaria; para poder acceder es necesario tener el código de contribuyente, DNI electrónico, certificado digital o Cl@ve. En el caso de aquellas personas que no utilicen el Cartero Virtual, pueden solicitar los recibos por Internet a través del servicio Consultas y sugerencias para proceder al abono.

Otra posibilidad es obtener el aviso de pago o el correspondiente documento de ingreso de forma presencial en las oficinas de la ATIB situadas en Palma en la calle Francesc de Borja Moll, 22 y en la calle Isidoro Antillón, 19 A, o en cualquier oficina de recaudación de tributos locales de la ATIB. Para ello es necesario tener cita previa, que se puede solicitar por Internet o en el teléfono 971 678 404.

¿Cómo realizar el pago?

Los contribuyentes que tengan que abonar el impuesto de circulación o la TRSU pueden hacerlo por internet, mediante el servicio de banca electrónica de las entidades colaboradoras en el pago telemático o con tarjeta de crédito o de débito, con independencia de la entidad que la emita. También se podrán abonar en las oficinas de CaixaBank, Bankia, Banca March, BBVA, Banco Santander, Targobank, Banco Sabadell, Colonya Caixa Pollença, Cajamar – Caja Rural, Ibercaja y Deutsche Bank. Además, es posible hacerlo en los cajeros automáticos de CaixaBank, Bankia y BBVA.

No obstante, la Agència Tributària recomienda domiciliar el pago de los recibos, ya que de este modo no se corre el riesgo de que se produzca un olvido y se tenga que hacer frente al pago con recargo. Los recibos del IVTM y de la TRSU cuyo pago esté domiciliado en una entidad bancaria se remitirán a las respectivas entidades para que se carguen en cuenta de los contribuyentes el día que éstos elijan; para seleccionar el día de cargo se debe acceder al Cartero Virtual. En caso de que no se seleccione ningún día, los recibos domiciliados se remitirán a las entidades para su cargo en cuenta a partir del día 11 de mayo de 2023. Una vez enviada la domiciliación a la entidad bancaria, se puede conocer la situación del recibo en 'información de los datos de los recibos domiciliados'.