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El Tribunal Europeo de los Derechos Humanos legisló en 1989 sobre las dilaciones indebidas y la necesidad de resolver un caso judicial en un «plazo razonable». Hay expedientes complejos, pocos, que justifican que el tiempo de instrucción se alargue. Pero en los dos casos más mediáticos sobre corrupción en la gestión del Ayuntamiento de Ciutadella la demora es tan excesiva e injustificable que, en mi opinión, cualquier sentencia que se dicte va a ser injusta. En el caso Citur la instrucción se ha desarrollado durante 12 años y hace tres que la Audiencia tiene pendiente de decretar la apertura de juicio oral que pidió la jueza de entonces en Ciutadella. La desproporción de las actuaciones y los resultados es inexplicable. El desembarco de la Fiscalía Anticorrupción en 2011 con la detención del alcalde y de otros cargos públicos y empresarios debería avergonzar a un sistema judicial incapaz de resolver y cerrar el caso con un juicio justo. El Ayuntamiento cumplió con su trabajo, una comisión de investigación que detectó 59 irregularidades en Citur. Pero la justifica ha fallado.

En Nerer la situación es similar. Este mes los hechos cumplen 19 años, se instruyen desde hace 9 y ahora la Audiencia rechaza los recursos y abre la vía del juicio oral.

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Los cambios de los titulares de los juzgados de Ciutadella es una de las causas, pero resulta incomprensible que no exista en la administración de Justicia alguien que advierta de que el incumplimiento de unos plazos razonables impide que cumplan con su función.

Posiblemente sea verdad que a los acusados no se les ha privado del ejercicio de derechos fundamentales durante todo este tiempo. Estar casi dos décadas con una causa abierta por corrupción parece que ya es una condena suficiente. Al menos que los juicios orales lleguen antes de 2030, la fecha límite que tiene la humanidad para evitar la catástrofe global.