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Siguiendo el hilo conductor del artículo del lunes pasado, me reafirmo en que la Ley de Amnistía significa un auténtico atropello a nuestra Constitución y sin ningún tipo de reserva la podemos calificar como bodrio legislativo. Basta leerse la exposición de motivos para darse cuenta de que estamos ante un relato de mentiras, cuyo objetivo no es otro que justificar lo injustificable. El Sr. Bolaños, actual Ministro «trifásico», lo sabe, y el que ha actuado como revisor del texto inicial, el Sr. Conde Pumpido, actual Presidente del Tribunal Constitucional, también.

La exposición de motivos es tan grotesca y extemporánea que no hace falta entrar en su articulado para predecir, que una vez aprobada por las Cortes Generales la Ley, los jueces plantearán una cuestión prejudicial ante el Tribunal Constitucional. ¡Ya veremos qué pasa!

Es conveniente reiterar una vez más que las Cortes Generales no pueden tener más poder que aquel que le ha otorgado la propia Constitución, y la Constitución no le ha otorgado el poder de legislar sobre una amnistía. Si se quiere hacer una Ley de Amnistía, es preciso primero reformar la Constitución e introducir la posibilidad de amnistía y después hacer la Ley. El Sr. Bolaños lo sabe y Conde Pumpido también. Por ello no es admisible que se quiera reformar la Constitución por la puerta trasera, vulnerando de facto la propia «Ley de Leyes».

El Sr. Bolaños y el Sr. Conde Pumpido son perfectamente conscientes que nuestra Constitución es una Constitución generosa. Es tan generosa que se ha adaptado a políticas de izquierdas, de derechas, de centro, e incluso permite –lo observamos cada día–, a qué gente que está en contra de la unidad de España, que pretende romper España, e irse de España, tengan representación parlamentaria. Esto no ocurre en ninguna otra democracia occidental avanzada y encima viven a costa de todos los españoles que, con nuestros impuestos, les pagamos sus suculentos sueldos y privilegios. No quiere decir ello que la amnistía sea contraria al Estado de derecho, así en abstracto; simplemente es contraria a nuestra Constitución. Basta con decir que nuestra Carta Magna prohíbe los indultos generales.

Con lo dicho hasta ahora debería ser suficiente para que la Ley de Amnistía fuera declarada inconstitucional. Si además de los argumentos inicialmente expuestos entramos en su articulado, nos daremos cuenta de que la inconstitucionalidad de la norma se profundiza y se consolida, porque vulnera, ya lo dijimos, el principio de igualdad ante la ley; la división de poderes; vulnera la seguridad jurídica; es arbitraria en su totalidad; deprecia el valor de la certeza y certidumbre que debe iluminar toda ley penal. En definitiva, es una Ley que se ha hecho a beneficio de los mismos que la imponen y la redactan, los golpistas, secesionistas e independentistas catalanes. Es una Ley que lleva inscritos, con nombres y apellidos, los beneficiados.

En palabras del ilustre jurista Miguel Herrero y Rodríguez de Miñón, «la Ley de Amnistía es un disparate». Herrero de Miñón, uno de los padres de la Constitución del 78 nos advierte de que no se trata de si la Ley de Amnistía cabe o no en la Constitución, que por supuesto no cabe, «se trata simplemente y llanamente que esta, L.A., es un auténtico disparate» de ahí que afirme que la «situación actual es disparatada».

No es osado afirmar, pues, que, desde la toma en consideración de la proposición de Ley Orgánica de Amnistía, lo sucedido en la tramitación es lo más grave ocurrido en el Congreso de los Diputados presidido por la Sra. Armengol. Confieso que me duele tener que reconocer que la Sra. Armengol se ha doblegado ante los intereses, indicaciones y órdenes dictadas por el Sr. Bolaños, que actúa de mamporrero del Sr. Sánchez. Solo así se entiende el nombramiento del nuevo Secretario General de las Cortes Generales, antaño colaborador del Gobierno Sánchez, y de las modificaciones exprés del propio reglamento de la Cámara. Seguro que con el añorado Félix Pons, esto no hubiera pasado.

Según el depurado letrado del Congreso, por parte de la Sra. Armengol, D. Manuel Fernández Fontecha: «el problema de la Amnistía es el efecto permanente que tiene en el ordenamiento jurídico, ya que cambia nuestro ordenamiento y lo cambia a nivel constitucional»…, siguiendo con la reflexión del letrado, este dice: «el enfoque de la ley es una correlación de fuerzas, no es un enfoque jurídico…, es una ley de autodefensa. Esto es una anomalía total, las leyes no se hacen para autodefenderse así mismas, sino para regular…, lo que ocurre con la Ley de Amnistía es que se trata de blindar, hasta un extremo insospechado, la potestad del poder judicial, al negar competencias a los jueces con la reiterada expresión El juez no podrá… Esta grave anomalía infringe por completo la separación de poderes que consolida nuestra Constitución».

No es extraño, pues, que sean muchos los juristas, y no juristas, que ven en la democracia española graves síntomas de enfermedad, porque cuando se degrada el sistema democrático y el Estado de derecho para beneficio personal de delincuentes y de autócratas, anteponiendo el correcto funcionamiento de las propias instituciones a sus intereses particulares, se atenta contra la esencia misma de los valores democráticos. Y es que la Ley de Amnistía no obedece a un interés general; simple y llanamente obedece al interés personal de Pedro Sánchez por mantenerse en el poder.

Al autócrata Pedro Sánchez, no le importa dejar sin efecto sentencias y pronunciamientos judiciales, si esto le permite continuar sentado en el sillón de la Moncloa. Yo no sé si esto es ignorancia, mala fe, o inmoralidad política, lo que sí sé es que solo se hace para seguir gobernando al precio que sea, antes que lo pueda hacer el Partido Popular, que fue quien gano las pasadas elecciones generales.

Lo grave no es que el partido socialista –ya lo llaman partido sanchista-, haga todo lo posible para que no gobierne el Partido Popular. Lo grave de este caso es que ha ignorado todos los informes jurídicos que le advierten de la inconstitucionalidad de la norma, como por ejemplo el informe del Tribunal Supremo; el propio informe final de la Comisión de Venecia; la denuncia hecha por las cuatro asociaciones de jueces; el informe de los letrados de la Comisión de Justicia del Congreso; el informe de los letrados del Senado; y en última instancia, el informe de Consejo General del Poder Judicial. De ahí que haya titulado el comentario de esta semana con un «no al atropello constitucional».