En referencia a la carta publicada en «Es Diari» el día 13 de enero titulada «¿El buzón de la sinrazón? ¿Por qué nos quitan derechos?», desde Correos queremos aclarar que la normativa que regula el reparto en los entornos mencionados en la carta es el Real Decreto 503/2007. Además deseamos que los vecinos entiendan que la empresa postal no está actuando de forma aleatoria, sino cumpliendo lo establecido en la ley. Correos es el operador postal público y, por tanto, su tarea es acatar lo establecido en las leyes y prestar el servicio postal con la máxima calidad y eficiencia.
Tanto la directiva citada como la Ley Postal de 2010 están en vigor y Correos está cumpliendo escrupulosamente con todas ellas. No obstante el reparto en los entornos aludidos está regulado por el Real Decreto RD 503/2007, que no ha sido citado en la carta. Este RD garantiza el derecho de los ciudadanos a los servicios postales, estableciendo un sistema para el reparto en los entornos especiales. Basándose en esto, la Comisión Nacional de Mercados y Competencia –organismo regulador en material postal- ha resuelto que varias urbanizaciones de Ciutadella deben ser repartidas a través de buzones concentrados pluridomiciliarios. Esta resolución está fundamentada, no en datos unilaterales de Correos, como se dice en la carta, sino en datos oficiales y públicos extraídos del catastro, del SIGPAC y del INE, entre otros. Además las alegaciones a la resolución presentadas por el ayuntamiento han sido desestimadas por el regulador y la Audiencia Nacional también ha denegado las medidas cautelares solicitadas en los sucesivos recursos interpuestos.
Desde que en julio de 2015 se emitió la resolución del regulador, Correos ha ofrecido varios aplazamientos al Ayuntamiento y a los vecinos para adaptarse a la ley, instalando los correspondientes buzones concentrados pluridomiciliarios para el reparto del correo. El último aplazamiento ha fijado la fecha tope para la instalación de los buzones el próximo 4 de febrero.
Correos, como operador postal público, está obligado a acatar las resoluciones del regulador que establecen las diferentes modalidades de reparto para los entornos especiales. Estas resoluciones no pretenden eliminar servicios sino modificar las modalidades de reparto para ganar en calidad y eficiencia, mejorando el reparto en zonas de baja densidad de población donde, en ocasiones, se presentan muchas dificultades para el reparto por los malos direccionamientos de los envíos o por las dificultades a la hora de sustituir las plantillas en muchas de estas áreas.
También queremos aclarar que los vecinos residentes en estas urbanizaciones seguirán recibiendo en sus domicilios no solo las cartas certificadas, sino también todos los productos registrados, urgentes, paquetería, postal exprés, giros postales y todos los productos telegráficos. El correo ordinario, en cambio, deberá ser entregado a través de los buzones concentrados pluridomiciliarios, tal y como se establece en la resolución.
Para finalizar es importante señalar que son miles las urbanizaciones en Balears, en España y en el resto de Europa que, siguiendo lo establecido en la directiva europea y en las legislaciones nacionales que lo desarrollan, se atienden a través de buzones concentrados pluridomiciliarios. Las urbanizaciones de Ciutadella han sido declaradas entorno especial porque cumplen los parámetros determinados en la normativa y así han sido calificadas por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. En este sentido el principio de igualdad de trato supone una prestación de servicio idéntico cuando existen condiciones comparables. Por ello, Correos no puede actuar de forma diferente en Ciutadella a como lo está haciendo en otros entornos especiales de España y a como establece la legislación postal europea.