La sentencia la ha dictado este mismo mes el magistrado-juez del Penal, Antonio Fernández-Montell. | M. J. U.

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Dos años de prisión y el pago de 12.012 euros de indemnización es la condena que ha recaído en una mujer italiana de 46 años que trabajaba en Mallorca y tenía contactos para obtener vuelos a Argentina a un precio inferior a la media que comercializan las agencias de viaje.

Esta mujer, que no se presentó en el juicio celebrado este mes en el Juzgado Penal de Maó, ni tampoco quiso prestar declaración en la fase de instrucción, se apropió de diversas cantidades que le había facilitado la trabajadora de una conocida agencia de viajes de Maó, para que adquiriera los billetes de varios clientes. Estos precisaban volar a Buenos Aires entre el 8 de mayo y el 2 de julio del año 2017.

La intermediaria que trabajaba en Maó se vio obligada, entonces, a pagar de su bolsillo los billetes que nunca llegó a tramitar la acusada, por un valor total de 12.012 euros con el fin de no dejar en la estacada a las personas que le habían entregado el dinero para que se los comprara.

Primero la acusada recibió una transferencia de 3.292 euros de la intermediaria de Maó el 8 de mayo de 2017 para comprar dos billetes con este destino. Los adquirió con su tarjeta de crédito pero se canceló al ser devuelto el cargo de los vuelos de regreso. En lugar de retornar el dinero a la mujer de Maó, se apropió de los fondos recibidos.

El 29 de mayo del mismo mes, la intermediaria le transfirió 3.090 euros para dos billetes de Maó a Buenos Aires, pero la acusada se apropió de la transferencia con el mismo modo de la ocasión anterior, La trabajadora se vio obligada a comprar nuevos billetes a favor de la familia argentina, cuyo coste ascendió a 5.984 euros.

Por último el 2 de julio del mismo año, la acusada recibió dos nuevas transferencias de 900 y 3.900 euros para que comprase cuatro billetes a Buenos Aires. En este caso la trabajadora de la agencia de Maó tuvo que comprar de nuevo los cuatro billetes por un importe total de 5.070 euros en la misma agencia en la que trabajaba.

El magistrado-juez consideró probada la culpabilidad de la acusada, ya que ni siquiera compareció en el juicio y dio por    buenas las pruebas que aportó la denunciante con el justificante de las transferencias y de las compras posteriores que tuvo que hacer ella con su dinero para no dañar a sus clientes.