La Policía Nacional recibió el pasado miércoles, día 1 de abril, al menos tres comunicaciones en las que se denunciaban llamadas anónimas con amenazas de bomba en distintos espacios públicos de la Isla.
Dos de ellas se produjeron en el Aeropuerto de Menorca y en el Hospital Mateu Orfila, y en ambos casos se trasladó la cumplida información a las Fuerzas de Seguridad del Estado que investiga el suceso.
La policía corroboró, según la denuncia de los afectados, que las llamadas procedían del mismo número de teléfono por lo que las sospechas sobre su falsedad fueron más sencillas de confirmar. Aun así efectivos de la Policía y de la Guardia Civil del Aeropuerto de Menorca realizaron las pertinentes comprobaciones en algunas zonas de la instalación aeroportuaria.
La del «Mateu Orfila» se produjo sobre las 11 horas y en la llamada un individuo anunció que «destruiría el hospital». La policía constató entonces que el número desde donde se realizó está llamada coincidía con las otras dos anteriores de las que ya tenía constancia en los mismos términos.
Un delito
El Código Penal, en su artículo 541, refleja que la amenaza de bomba es constitutiva de delito y puede acarrear una pena de prisión de seis meses a un año. «El que con ánimo de atentar contra la paz pública, afirme falsamente la existencia de aparatos explosivos u otros que puedan causar el mismo efecto, o de sustancias químicas, biológicas o tóxicas que puedan causar daño a la salud, será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año o multa de doce a 24 meses, atendida la alarma o alteración del orden efectivamente producida».
6 comentarios
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Con asuntos tan serios, ni una broma; máximo rigor en el castigo.
pero si el hospital no se desalojo, pq "sabian" que era una broma, menos mal que lo fué pq sino........ que
Y si hibiese tenido un pariente proximo internado, tambien habria hecho el burro?. Es que los hay tontos !!
Hala idó, si ja saben des de quin teléfon es van fer ses telefonades aquestes, ara només queda que es jutje es digni ordenar a sa policía que detingui a aquest imbécil i el foti a sa presó com a mínim cuatre o cinc anys. Així s'ho tornará a pensar sa próxima vegada antes de fer s'ase.
Es el artículo 561.
qué finolis somos con las penas a aplicar a delincuentes. Vamos ver, los perjuicios ocasionados por estas llamadas son....desalojo de locales, varios agentes inspeccionando durante varias horas las dependencias, sin contar si ademas provocan retrasos en vuelos, operaciones en el hospital, etcetcetc y a todo ésto de seis meses a un año de pena, que si no hay antecedentes y buena conducta......pues pelillos a la mar. Perdónenme pero somos gilipollas con los delincuentes. Como minimo que pague todos los gastos que ha ocasionado con su actuación y si no paga cuentas embargadas. Y dos años de trabajos para la sociedad. Entonces el siguiente imbécil se lo pensaria. Vaya leyes que tenemos y mientras los que durante toda la vida respetamos las leyes, pagamos impuestos, padecemos a estos tontos del culo ¿quien nos defiende?