Un avión de Iberia despega desde el Aeropuerto de Menorca. | Archivo

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Volar sin escalas entre Menorca y Madrid supone invertir el doble de dinero en fechas navideñas. El precio de los billetes de la ruta de Obligación de Servicio Público (OSP) entre la Isla y la capital española se duplica en días especiales y de los 20 que cuesta por lo general un billete de ida pasa a los 40 en fechas próximas a festividades. Eso con el descuento de residente, porque sin la bonificación del 75 por ciento las tarifas pasan de los 60 euros a los 120 euros o 140 euros según la hora de salida, por ejemplo, tras las vacaciones navideñas.

La Unión Temporal de Empresas (UTE) formada por Iberia, Air Nostrum e Iberia Express que ha vuelto a adjudicarse la ruta Menorca-Madrid durante el período del 1 de noviembre al 30 de abril cumple a rajatabla las condiciones de la OSP con respecto a continuidad, frecuencia y capacidad. Sin embargo, aprovecha que es la única en ofrecer el enlace aéreo directo para hinchar los precios en festividades y puentes.

Por poner un ejemplo, si un estudiante que ha pasado las vacaciones de Navidad en Menorca regresa a Madrid el 7 de enero, tendrá que invertir entre 34 y 41 euros para el billete de vuelta en función de la hora que escoja, cuando días después las salidas están por entre 19 y 22 euros. Antes, en otras fechas señaladas como el puente de la Constitución, si un estudiante quiere pasar la semana del 4 al 10 en Menorca, tendrá que pagar unos 15 euros de más. Las salidas desde Madrid se encarecen y pasan de los 31 euros de normal a los 47 euros. Todo esto siendo residente.

Dos frecuencias diarias

Las condiciones de la OSP en la ruta Menorca-Madrid establecen la obligación, como mínimo, de ofrecer dos frecuencias diarias con requisitos horarios: el primer vuelo desde Menorca debe salir entre las siete y las ocho de la mañana, mientras que el último vuelo desde Madrid debe salir entre las ocho y las nueve de la noche. Estas normas son cumplidas con billetes destino a Madrid, por lo general, a las 7 horas y a las 13.45 horas; y con billetes destino a Menorca a las 11.40 horas y a las 20.15 horas.

A esas dos frecuencias diarias la compañía aérea debe añadir una frecuencia diaria adicional sin requisitos horarios en los períodos correspondientes a las festividades de la Constitución, Navidad (excepto el 25 de diciembre y el 1 de enero, días en los que se mantienen las dos frecuencias diarias), Sant Antoni y Semana Santa. Lo hace con billetes adicionales que salen, por lo general, a las 10.20 desde Menorca y a las 8.40 o 15.45 desde Madrid.

Las claves
  1. Dos frecuencias diarias como mínimo

    Las condiciones de la OSP establecen la obligación de ofrecer dos frecuencias diarias como mínimo (cuatro vuelos) con horarios que permitan salir de la Isla por la mañana y volver por la tarde-noche.

  2. Una frecuencia diaria adicional en fechas especiales

    A esas dos frecuencias diarias la compañía aérea debe añadir una frecuencia diaria adicional sin requisitos horarios en fechas especiales, como el Día de la Constitución, Navidad o Semana Santa.