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El Consell de Menorca ha presentado dos alegaciones al proyecto de decreto de la Ley 2/2016 del impuesto sobre estancias turísticas y de medidas al impulso del turismo sostenible, según han informado este viernes fuentes de la administración insular.

Esta iniciativa, según han señalado, responde a la voluntad de «defender los intereses de Menorca poniendo en valor el reconocimiento de un modelo turístico propio y claramente diferenciado del resto de islas».

En concreto, la primera alegación hace referencia a la aplicación de unos módulos específicos para Menorca en el caso de que los establecimientos opten por la estimación objetiva y no por la estancia a la hora de pagar del impuesto. «Está claro que todos los sectores están interesados en que el máximo número posible de establecimientos se acojan a la estimación objetiva, pero para conseguirlo es necesario ajustar los parámetros a la realidad», se recoge en la alegación.

Los módulos que prevé el decreto para la estimación objetiva, uno para cada grupo de establecimientos, se configuran como un valor correspondiente al número de días de ocupación media a nivel balear, es decir, a los días de estancia anual para todas las islas.

El Consell de Menorca, con la alegación presentada, pide que estos parámetros se ajusten a cada una de las realidades insulares. Por ello, atendiendo a los datos del Instituto de Estadística de Balears (Ibestat) según los cuales la ocupación media de los últimos años en Menorca ha sido un 10 por ciento inferior a la del resto del archipiélago, la administración insular propone al Govern que se establezca un módulo para cada grupo de establecimientos que sea un 10 por ciento menor para Menorca.

La segunda alegación se centra en la redefinición del índice de temporada, un coeficiente corrector mediante el cual cada establecimiento tiene que calcular lo que le toca pagar de impuesto, en función de la temporada de apertura.

El proyecto de decreto define una temporada «súper alta» de 122 días, de junio a septiembre, y una alta de 123 a 214 días, del 15 de abril al 15 de noviembre. En este punto, el Consell de Menorca considera que esta definición es «muy lesiva» porque las ocupaciones de abril, mayo y octubre son el 50 por ciento menos que las de junio o septiembre.

Para corregirlo, el Consell de Menorca propone eliminar la categoría «súper alta», definir una temporada alta de hasta 153 días (de mayo a septiembre) y una temporada media de entre 153 y 245 días y, para compensar la pérdida de recaudación, plantea que se apliquen los índices de la «súper alta» a la nueva temporada alta.