En la primera acepción se definía a este profesional como 'persona legalmente autorizada para ejercer el periodismo'. La segunda acepción identificaba como 'periodista' a quienes practican el periodismo en un periódico o en un medio audiovisual, excluyendo tanto a quienes lo ejercen en medios digitales como a los periodistas 'freelance' que lo practican de manera autónoma. Este cambio también fue solicitado por Salaverría.
Tras esta última actualización, la RAE define al periodista como la 'persona que se dedica al periodismo (actividad profesional)', y al periodismo como la 'actividad profesional que consiste en la obtención, tratamiento, interpretación y difusión de informaciones a través de cualquier medio escrito, oral, visual o gráfico', y los 'estudios o carrera de periodismo'.
«¿Quién es periodista? Obvio: toda persona que se dedica al periodismo. Con esta rotunda simplicidad ha resuelto, por fin, redefinir el término 'periodista' la Real Academia Española, en una de las 2.451 modificaciones al Diccionario de la Lengua Española que acaba de divulgar», ha destacado el profesor en una publicación en su blog.
Para Salaverría, la anterior definición de periodista era un «despropósito» ya que, en su opinión, «restringir la categoría de periodista apenas a quienes trabajan en periódicos o medios audiovisuales sonaba bastante anticuado».
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