El Consejo de Ministros ha aprobado este martes la reforma del Registro Central de Delincuentes Sexuales creado en 2016 para garantizar su actualización en tiempo real tras haber detectado casos de delitos de índole sexual con fecha posterior a la petición del certificado. ONGs, empresas, instituciones o colegios profesionales que trabajen con menores podrán, a partir de ahora, solicitarlo directamente con consentimiento del trabajador.
El registro pasará a llamarse a partir de ahora Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos para incluir en él todas las personas condenadas por trata de seres humanos con independencia de la edad de la víctima. Asimismo, los menores que estén edad de trabajar -a partir de 16 años- podrán solicitar directamente el justificante que acredita que no tienen antedentes penales por delitos sexuales, algo que hasta ahora solo podían efectuar sus padres o tutores.
Según ha explicado el ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, hasta la fecha eran los ciudadanos que querían incorporarse a un trabajo los que pedían el certificado y lo presentaban en su empresa para trabajar en aquellos puestos que se requería el documento. Sin embargo, este certificado no se actualizaba. La modificación realizada va encaminada a que empresas, instituciones, ONGs o colegios profesionales, con consentimiento del trabajador, puedan actualizar el certificado en tiempo real.
El objetivo de esta reforma es tener «un control efectivo y periódico de los antecedentes por delitos sexuales o de trata». «Hemos detectado casos de personas que después de estar trabajando con menores, y haber aportado el certificado, cometían delitos de esta naturaleza», ha admitido Bolaños, quien ha resaltado que con estos cambios «se previene con mucha más eficacia que haya personas, delincuentes sexuales, que puedan trabajar en contacto con menores». Una vez que entre en vigor la reforma, los menores a partir de 16 años que quieran trabajar podrán solicitar directamente certificado de antecedentes no penales.
«A partir de 16 años se puede trabajar conforme al Estatuto de los Trabajadores, pero no se es mayor de edad hasta los 18, así que, a partir de ahora, esos menores entre 16 y 18 años que, en muchas ocasiones, tienen trabajos que les hacen estar en contacto con menores como monitores en campamentos de verano o socorristas, pueden pedir directamente este certificado al registro».
La cuarta modificación aprobada por el Consejo de ministros hace alusión al régimen de certificación entre diferentes países de la Unión Europea para lo que se interconectará el registro de antecedentes penales europeo con el español, de tal manera que en un único acto se realiza tanto el trámite en España como en el país europeo que corresponda. Así, «un trámite que antes podía durar semanas o meses, ahora en minutos se obtiene un certificado simultáneo del país de origen y de España», ha argumentado el ministro.
Finalmente se procede a la equiparación del régimen de cancelación de antecedentes penales de cualquier condena fuera de España, con la finalidad de equipararlo al español. «Había países que tienen una normativa diferente y la cancelación de antecedentes penales o se producía con mucha tardanza o no se producía nunca», ha reconocido Bolaños. El objetivo, con la reforma, es «adaptar todo al régimen español también en los plazos para cancelar antecedentes penales», ha añadido.
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