Jóvenes usando el móvil. | Redacción Local

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El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha acordado finalmente dejar sin efecto la orden de bloquear la aplicación de mensajería instantánea Telegram que él mismo autorizó el pasado viernes argumentando que la medida sería «excesiva y no proporcional» y asegurando que «supondría un claro perjuicio a aquellos millones de usuarios que la utilizan».

En un auto, recogido por Europa Press, el titular del Juzgado Central de Instrucción Número 5 incide en que el bloqueo «tendría un cierto impacto económico para las empresas o sociedades que desarrollan gran parte de su actividad comunicativa a través de esta plataforma de comunicación puesto que la consideran un canal fiable y seguro contra intervenciones no deseadas».

«Lo mismo podría decirse de algunos grupos, organizaciones o entidades de distinto tipo, que podrían estimar que ello afectará a sus mecanismos y procesos organizativos al privarles de una vía o canal de comunicación rápido y de gran alcance a su mercado diana. No se trata de libertad de expresión o información, sino si la medida es o no proporcional. Y lo que se constata, por lo dicho y después de dictar el auto, es que la medida sería excesiva y no proporcional», sostiene.