En aquella junta de fiscales, 15 de sus miembros apreciaron, por 11 votos frente a 4, que había indicios suficientes para proceder contra Puigdemont y contra el diputado del Parlament Ruben Wagensberg -ambos aforados- y, por 12 a 3, que puede haber delitos de terrorismo. De esta forma, tumbaron el informe redactado por el fiscal del TS Álvaro Redondo, que por contra entendió que no hay indicios racionales de criminalidad contra Puigdemont y Wagensberg, y tampoco apreció delitos de terrorismo, sino de desórdenes públicos graves, falsedad documental, coacciones y daños. Sin embargo, los dos presidentes de la sección primera, Fidel Cadena -uno de los cuatro fiscales del juicio del 'procés'- y Joaquín Sánchez-Covisa, mostraron posturas enfrentadas.
El primero en contra del informe de Redondo y el segundo a favor, lo que ha propiciado que sea su superior jerárquica, la teniente fiscal del Supremo María Ángeles Sánchez-Conde, quien deba resolver el conflicto unificando el criterio de la Fiscalía en este asunto. Cadena, que ha redactado el texto a petición de Sánchez-Conde, defiende que la mayoría de la junta de fiscales ve una «pluralidad de indicios» que acreditan el «liderazgo absoluto» y la «autoría intelectual» de Puigdemont.
A su juicio, el expresidente catalán «hubiera podido evitar la lesión del bien jurídico» retirando su «apoyo carismático», pero «lejos de eso animó a seguir en las acciones violentas que se desarrollaron con su conocimiento y consentimiento». Los firmantes defienden que de la exposición razonada del juez Manuel García Castellón «se desprende la existencia de una pluralidad de ilícitos penales cometidos por el movimiento 'Tsunami Democràtic'».
En este sentido, insisten en que «desde el principio Puigdemont estuvo informado de la constitución del grupo organizado animado por fines de subversión del orden constitucional y desestabilización grave de las instituciones democráticas impidiendo a los poderes públicos cumplir sus resoluciones». Recalcan que en el escrito del titular del Juzgado Central de Instrucción Número 6 se advierte además de que todas las actuaciones de la plataforma independentista estuvieron «orientadas, aprobadas y favorecidas por las directrices, apoyo público y privado, y patrocinio intelectual y ético del señor Puigdemont».
Asimismo, apuntan que la finalidad de dichas actuaciones «no era otra que desestabilizar gravemente las estructuras políticas y económicas de España, alterando gravemente la paz pública al impedir a los poderes públicos y en concreto al Tribunal Supremo el cumplimiento y ejecución de sus sentencias firmes». A su juicio, las conductas descritas pueden considerarse, «al menos en este momento procesal», como «ilícito penal y concretamente como delitos de terrorismo».
7 comentarios
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El ruso del maletero
baixamanerTe creo si tu lo dices,
hombre, decir que por su "patrocinio intelectual y etico" es atribuirle a este sujeto unas cualidades que claramente no tiene , pero , bueno , me vale si con eso se le encierra de por vida.
A Sánchez le saldrá muy cara esta amnistía , los ciudadanos lo sentarán ante la justicia.. Se cree por encima de todo ,esto sí que es ser facha..
A los simpatizantes no tienen delito, pero si los que organizan los incendios y colapsan aeropuertos
Jo tambe soc simpatitzant del Tsunami Democratic, som terrorista?
Un poco rebuscado ¿no? Jajajajajaja ... ¿que "combiandos" toman en esos fiscales?