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Cuando un desempleado se inscribe en las oficinas del paro, no solo lo hace para cobrar la prestación por desempleo, sino también porque el SEPE hace una labor de gestión de ofertas de empleo.

Pero cuando existen estas ofertas, el parado debe presentarse a ellas, porque si no, puede enfrentarse a sanciones o en casos más graves, perder el derecho a la prestación.

Tal y como recoge el portal Noticias Trabajo, los ciudadanos en situación de desempleo que se han dado de alta como demandantes de empleo en el SEPE deben cumplir con una serie de obligaciones para percibir esta ayuda contributiva.

Uno de los requisitos, por ejemplo, es estar afiliado y en situación de alta en la Seguridad Social en un régimen que contempla la contingencia por desempleo.

Además, el demandante debe estar disponible para buscar activamente empleo y aceptar una colocación adecuada, así se recoge en los términos establecidos en el artículo 41 del Texto Refundido de la Ley 3/2015, de 23 de octubre, de Empleo.

Si el candidato no lo hace, puede ser sancionado: la primera infracción supone la pérdida de tres meses de prestación; la segunda infracción supone la pérdida de seis meses de prestación; la tercera infracción supone la extinción de la prestación.