Imagen de una concentración en la Plaza de Colón de Madrid contra los indultos a los políticos secesionistas. | Efe

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El Tribunal Supremo (TS) ha corregido este martes su decisión inicial de rechazar los recursos presentados contra los indultos del procés, porque consideró que los recurrentes --entre ellos PP, Vox y Ciudadanos-- no estaban facultados para emprender esta acción judicial por carecer de un interés legítimo, y ha decidido admitirlos ahora a trámite, lo que implica que los estudiará para pronunciarse sobre el fondo del asunto.

La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TS ha acordado por una mayoría de tres votos frente a dos estimar los recursos de reposición interpuestos contra los autos por los que la misma sección inadmitió los recursos contencioso-administrativos presentados contra los Reales Decretos por los que fueron indultados nueve de los condenados en la causa del 'procés'.

La Sala Tercera ha estimado todos los recursos excepto el interpuesto por la entidad Pro Patrimonium Sijena y Jerusalén, que se rechaza por unanimidad, según ha informado el alto tribunal. Con todo, el TS ordena la continuación de los procedimientos y pospone al trámite de sentencia el pronunciamiento sobre la falta de legitimación de los recurrentes planteada por la Abogacía del Estado en todos los recursos.

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De esta forma, la Sección Quinta enmienda la decisión que adoptó el pasado mes de enero cuando, por tres votos contra dos, rechazó los siete recursos presentados contra los indultos concedidos a los líderes independentistas que fueron condenados por la Sala de lo Penal del TS por el referéndum ilegal del 1-O, al apreciar falta de legitimación en todos ellos. Entonces, los magistrados señalaron respecto a los partidos políticos que es «abrumadora» la jurisprudencia que declara que «no concurre con carácter general» su legitimación activa, salvo en aquellas actuaciones «que afecten a la esfera de sus derechos e intereses legítimos», entendiendo que este no era el caso. Pese a esta negativa, los recurrentes insistieron impugnando también en reposición, unos recursos que son los que ahora ha contestado la Sección Quinta pero con un resultado distinto.

Se da la circunstancia de que los cinco magistrados que componen esa sección de la Sala Tercera han cambiado en este tiempo. Dos de los tres jueces que votaron para rechazar los recursos -Segundo Ménendez y Ángeles Huet- han pasado a otras secciones, mientras que los dos que abogaron por admitirlos, Fernando Román y Wenceslao Olea, se han mantenido. Las fuentes jurídicas consultadas subrayan que la alteración de la composición de la Sección Quinta se debe a una cuestión prefijada que tiene que ver con el funcionamiento habitual de la Sala Tercera, aclarando que no obedece a ningún cambio 'ad hoc'.

La admisión a trámite que se ha acordado este martes supone que la Sala de lo Contencioso-Administrativo tendrá que estudiar el fondo del asunto, si bien las mismas fuentes apuntan que es posible que al final de este proceso se llegue a la misma conclusión sobre la falta de legitimación.

El apunte

Su utilidad

Por su parte la portavoz del Gobierno, Isabel Rodríguez, ha defendido este martes la «utilidad» de los indultos a los líderes independentistas catalanes «en aras» a la convivencia y la recuperación de la normalidad en Cataluña. Al ser preguntada por la decisión judicial de revisar ahora los indultos ha indicado que el Gobierno defiende siempre «la legalidad de todas sus actuaciones» y, el caso de los indultos, «no solo la legalidad, sino la utilidad de los mismos para recuperar la normalidad en Cataluña», algo que es «innegable».