El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) estableció que un menor no acompañado al que se le ha reconocido el estatuto de refugiado en la UE tiene derecho a la reagrupación familiar con sus progenitores aunque haya alcanzado la mayoría de edad durante el procedimiento administrativo. La interpretación de la corte con sede en Luxemburgo, que sienta jurisprudencia sobre el conjunto de la UE, se refiere al caso de un menor sirio con estatuto de refugiado en Austria, cuyos padres y hermana mayor de edad solicitaron permisos de residencia para reagruparse con él.
Un refugiado tiene derecho a reagrupación familiar si inició el trámite siendo menor
La interpretación del TJUE sienta jurisprudencia sobre el conjunto de la Unión Europea
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