El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) estableció que un menor no acompañado al que se le ha reconocido el estatuto de refugiado en la UE tiene derecho a la reagrupación familiar con sus progenitores aunque haya alcanzado la mayoría de edad durante el procedimiento administrativo. La interpretación de la corte con sede en Luxemburgo, que sienta jurisprudencia sobre el conjunto de la UE, se refiere al caso de un menor sirio con estatuto de refugiado en Austria, cuyos padres y hermana mayor de edad solicitaron permisos de residencia para reagruparse con él.
Un refugiado tiene derecho a reagrupación familiar si inició el trámite siendo menor
La interpretación del TJUE sienta jurisprudencia sobre el conjunto de la Unión Europea
También en Actualidad
- El caso de un restaurante de Maó: «No podemos servir cenas porque no hemos encontrado personal»
- Un accidente con tres heridos obliga a cortar la carretera general durante dos horas
- La frase más repetida esta temporada turística en Menorca: «Más gente, pero menos gasto»
- Estas son las playas de Menorca que desaparecerán a finales de siglo
- Estos son los estudiantes de Menorca con mejores notas en la Selectividad: ¿qué estudiarán?
Sin comentarios
Para comentar es necesario estar registrado en Menorca - Es diari
De momento no hay comentarios.